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co y notorio, quel dicho Pedro de Valdivia se había venido con el dicho navío á este reino, é que había tomado todo el oro de particulares questaba dentro en él, é que dejaba mandado á Francisco de Villagrán, que dejó por su teniente, que de su hacienda, como fuese cobrando, fuese pagando á las personas que le paresciese del oro que les había tomado, é después vió este testigo quel dicho Francisco de Villagrán pagaba algunos pesos de oro á algunas personas de las quel dicho Pedro Valdivia había mandado, é que cuando el dicho Pedro Valdivia volvió á las dichas provincias de Chile, el dicho Francisco de Villagrán tenía pagado muchos de los pesos de oro quel dicho Pedro de Valdivia había traído, lo cual sabe este testigo porque se halló en la dicha ciudad de Santiago, é lo vió; é questo sabe desta pregunta, etc.

4.-A la cuarta pregunta, dijo: queste testigo no se halló en el puerto al tiempo quel dicho Pedro de Valdivia se embarcó, pero que le paresce á este testigo que ni el dicho Jerónimo de Alderete ni otra persona fueran bastantes á estobarle que no hiciera su voluntad, por ser capitán é general de las dichas provincias y electo gobernador por los cabildos; é questo sabe desta pregunta, etc.

5.-A la quinta pregunta, dijo: que lo que della sabe es queste testigo oyó decir públicamente quel dicho Pedro de Valdivia había venido á esta ciudad de las dichas provincias, é que se había juntado con el Presidente Gasca, é halládose en el desbarate del dicho Gonzalo Pizarro, é después vió este testigo quel dicho Pedro de Valdivia llegó á las dichas provincias de Chile con título de gobernador dellas; é questo sabe desta pregunta, etc.

6.-A la sexta pregunta, dijo: que lo que della sabe es que, luego como el dicho Pedro de Valdivia llegó á las dichas provincias de Chile, se dijo públicamente que había dicho que á las personas que no había pagado Francisco de Villagrán, su teniente, les pesos de oro que había llevado, que fuesen á él, y quél se los pagaría luego, é que este testigo oyó decir al dicho Juan Pinel que había ido á hablar al dicho Pedro de Valdivia, gobernador, para que le pagase los dineros que le había tomado, é que lo había respondido fuera de su gusto, y este testigo vió quel dicho Juan Pinel hablaba al bachiller Rodrigo González para que rogase al dicho Gobernador que le pagase los dichos pesos de oro, y el dicho bachiller le respondió: no tengáis pena, quél os los dará, y sino, yo os los pagaré, é que nunca este testigo oyó decir ni supo

quel dicho Juan Pinel pidiese los dichos pesos de oro al dicho Jerónimo de Alderete; é questo sabe desta pregunta, etc.

7.-A la séptima pregunta, dijo: que la sabe como en ella se contiene, porque este testigo fué de los primeros que fueron á las dichas provincias de Chile con el dicho Pedro de Valdivia, é vió quel dicho Jerónimo de Alderete no tuvo cargo de capitán hasta quel dicho gobernador Pedro de Valdivia volvió á las dichas provincias, después de desbaratado Gonzalo Pizarro, que le nombró por su capitán general; é porque pasa ansí como en la pregunta se declara, etc.

8.—A la otava pregunta, dijo: que lo que della sabe es queste testigo oyó decir públicamente, en la dicha ciudad de Santiago, quel dicho Juan Pinel se había ahorcado de una ventana, una noche; é questo sabe desta pregunta, é no otra cosa, etc.

9.-A la novena pregunta, dijo: que oyó decir lo contenido en la pregunta, en la dicha ciudad de Santiago, al tiempo que se ahorcó el dicho Juan Pinel á personas que no se acuerda de sus nombres, etc.

10.-A las diez preguntas, dijo: que no la sabe, etc.

11.-A las once preguntas, dijo: que no la sabe, etc.

12.-A las doce preguntas, dijo: queste testigo tuvo al dicho, Jerónimo de Alderete por buen cristiano, temeroso de Dios é de su conciencia, é que en lo demás que la pregunta dice, lo sabe como en ella se contiene, porque lo vió por vista de ojos, ser é pasar ansí como en ella se declara, porque este testigo, como dicho tiene, fué en la conquista é población de las dichas provincias de Chile, adonde ansimismo se halló el dicho Adelantado don Jerónimo de Alderete; é que por esto lo sabe.

13.-A las trece preguntas, dijo: que este testigo oyó decir en la ciudad de Sevilla, quel dicho Jerónimo de Alderete había dado los dineros que la pregunta dice, á los hijos del dicho Juan Pinel, por verlos pobres é para que se reinediasen, é para que, si quisieran pasar á estas partes, lo hicieran, é que no oyó decir que por otro respecto se los diese; é questo sabe desta pregunta, etc.

A la última pregunta, dijo: que dice lo que dicho tiene, lo cual es la verdad para el juramenso que hizo, é firmólo de su nombre.-Diego de Velasco.-Francisco Hortigosa, etc.

El dicho capitán Pedro de Villagrán, vecino de la ciudad de Santiago, testigo presentado por parte de la dicha doña Esperanza, el cual,

habiendo jurado en forma de derecho, é siendo preguntado por guntas del dicho interrogatorio, dijo lo siguiente:

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1.-A la primera pregunta, dijo: que conosció al dicho adelantado Jerónimo de Alderete de diez y seis años á esta parte, poco más ó menos, é que no conosce á los hijos de Juan Pinel, é que conosció al dicho don Pedro de Valdivia é al dicho Juan Pinel de los dichos diez y sois años á esta parte é que tiene noticia de lo demás contenido en la pregunta, etc.

Preguntado por las generales, dijo: ques de edad de cuarenta años, poco más ó menos, é que no es pariente de ninguna de las partes, ni le empece ninguna de las generales, é que venza el pleito la parte que tuviere justicia, etc.

2.-A la segunda pregunta, dijo: que la sabe como en ella se contie ne, porque en el tiempo en ella contenido, el dicho Pedro de Valdivia era tenido, obedescido é habido por tal capitán general é justicia mayor de las dichas provincias de Chile, é usaba y ejercía el dicho cargo, por. que así lo vió pasar este testigo, etc.

3.-A la tercera pregunta, dijo: que este testigo oyó decir é fué público é notorio en las dichas provincias de Chile quel dicho gobernador Pe lro de Valdivia entró en la nao, que la pregunta dice, é tomó los di neros de particulares que en ella había, é que aseguraba á las personas, cuyos eran, que se los había de pagar, é quel dicho Jerónimo de Alderete no tomó ni mandó tomar el dicho oro del dicho Juan Pinel ni lo demás. que había en la dicha nao, pero queste testigo no lo vió, mas de que, como dicho tiene, lo oyó decir por cosa pública, é que después vió este testigo que Francisco de Villagrán pagó en nombre del dicho Pedro de Valdivia á personas particulares los pesos de oro que les tomó el dicho gobernador Valdivia, en el dicho navío; é questo sabe desta pregunta, etc.

4.-A la cuarta pregunta, dijo: que este testigo, como dicho tiene, no se halló en el puerto al tiempo quel dicho Pedro de Valdivia tomó el dicho oro, pero que le paresce á este testigo quel dicho Jerónimo de Alderete ni otra persona no fuera parte contra lo que el dicho Pedro de Valdivia hiciera, por ser su capitán general é justicia mayor en aquellas partes; é questo sabe desta pregunta, etc.

5.-A la quinta pregunta, dijo: que este testigo oyó decir lo contenido en la pregunta é ansí fué público é notorio en este reino, porque es

te testigo se vino á estas partes de las dichas provincias de Chile desde á cierto tiempo quel dicho Pedro de Valdivia salió dellas y le halló en esta ciudad con título de gobernador y capitán general de las dichas provincias de Chile, nombrado por el Presidente Gasca en nombre de S. M., é después le vió este testigo en las dichas provincias de Chile ejercer el dicho cargo de gobernador; é questo sabe desta pregunta.

6.-A la sexta pregunta, dijo: que lo que della sabe es que este testigo llegó á las dichas provincias de Chile á la ciudad de Santiago, donde el dicho Gobernador estaba, después quel dicho Gobernador fué llegado, porque fué por tierra é se detuvo en cierta conquista de los naturales, é que al tiempo que llegó, oyó decir lo contenido en la dicha pregunta á muchas personas, que no se acuerda de sus nombres, y se tenía por cierto en las dichas provincias de Chile quel dicho Jerónimo de Alderete no había tomado ningunos de los dichos pesos de oro ni era en cargo á persona alguna dellos; é questo sabe desta pregunta, etc.

7.-A la séptima pregunta, dijo: que la sabe como en ella se contiene, porque este testigo vió quel dicho gobernador Pedro de Valdivia dió el dicho cargo de teniente de capitán general al dicho Jerónimo de Alderete más de seis meses después que llegó destos reinos á las dichas provincias de Chile después que Gonzalo Pizarro fué desbaratado é puestos en toda paz y quietud, é que antes quel dicho Gonzalo Pizarro fuese desbaratado y muerto, el dicho Jerónimo de Alderete nunca había sido capitán ni teniente de capitán general de Pedro de Valdivia, porque este testigo residía en las dichas provincias de Chile, é si lo fuera, lo supiera, etc.

8.-A la otava pregunta, dijo: que este testigo entendió quel dicho Jerónimo de Alderete era amigo del dicho Juan Pinel é que como tal el dicho Jerónimo de Alderete le favorescía en lo que se le ofrescía, y este testigo oyó decir quel dicho Juan Pinel en un testamento que te nía hecho, le dejó por su testamentario, pero queste testigo no vió el dicho testamento, y que sabe por cosa cierta é pública é notoria quel dicho Juan Pinel se ahorcó, aunque este testigo no lo vió muerto, pero que ello es sin duda, etc.

9.--A la novena pregunta, dijo: queste testigo entendió en las dichas provincias de Chile que se trató pleito entre los oficiales de S. M. é un defensor de los bienes del dicho Juan Pinel, sobre que los dichos oficiales decían que pertenecían á S. M. los dichos bienes por haberse ahor

cado el dicho Juan Pinel, é que los dichos bienes se depositaron en el dicho Jerónimo de Alderete, pero que este testigo no lo vió, mas de que se trató por cosa pública en la ciudad de Santiago, donde se trató el dicho pleito; y questo sabe desta pregunta, etc.

10.-A las diez preguntas, dijo: que no la sabe.

11.-A las once preguntas, dijo: que no la sabe.

12.-A las doce preguntas, dijo: queste testigo tiene é tuvo al dicho Jerónimo de Alderete por buen cristiano é temeroso de Dios é amigo de toda paz é quietud é de que á ninguna persona se le hiciese agravio ni se le tomase lo que era suyo, é que este testigo vió quel dicho Jerónimo de Alderete sirvió á S. M. en las dichas provincias de Chile en el descubrimiento dél, y supo este testigo que socorrió de su hacienda á muchos soldados, á unos con caballos y armas y á otros con dineros y con lo que podia, é también vió que era muy bienquisto en las dichas provincias de Chile y amado de todos, é que S. M. fué muy bien servido en las dichas provincias de Chile en todo lo que se ofresció durante el tiempo que en ellas estuvo, lo cual sabe este testigo porque, como dicho tiene, lo vió é se halló con él en la conquista é descubrimiento y porque tenía particular amistad é conversación con el dicho Jerónimo de Alderete por andar ordinariamente juntos en la guerra y en la paz, etc.

13.-A las trece preguntas, dijo: que no la sabe, é que lo que ha dicho es la verdad para el juramento que hizo, é firmólo de su nombre. -Pedro de Villagrán.-Francisco Hortigosa, etc.

El dicho Luis González, vecino de la villa de Gibraleón, ques en los reinos de España, estante en esta corte, testigo presentado por parte de la dicha doña Esperanza, el cual, habiendo jurado en forma de derecho, é siendo preguntado por las preguntas del dicho interrogatorio, dijo lo siguiente, etc.

1.-A la primera pregunta, dijo: que conosce al dicho Jerónimo de Alderete de diez años á esta parte, é que conosció á un hijo del dicho Juan Pinel de cuatro años á esta parte, é que conosció á los dichos Pedro de Valvidia é Juan Pinel, de diez años á esta parte, é que tiene noticia de lo demás contenido en la pregunta, etc.

Preguntado por las generales, dijo ques de edad de treinta é dos años é que no es pariente de ninguna de las partes ni le empece ninguna de las generales, é que venza el pleito la parte que tuviere justicia, etc. 2.—A la segunda pregunta, dijo: que sabe la pregunta como en ella

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