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DICTAMEN

DE LA COMISION ESPECIAL

NOMBRADA PARA INFORMAR

SOBRE

EL IMPORTANTE RAMO DE MINERÍAS.

La comision especial nombrada para examinar las proposiciones hechas por varios señores diputados acerca de las reformas que exige la administracion del importante ramo de la minería en Nueva-España para restablecerse en su antiguo explendor, bien persuadida de la gravedad del asunto y de las funestas consecuencias que traerá cualquiera demora, se ha ocupado de él incesantemente, consultando los hechos que ofrecen los expedientes que sobre la materia se seguían en el extinguido consejo de Indias.

Del exámen de las proposiciones resulta, que estas tienen dos objetos principales, la reforma del sistema de contribu⚫ciones impuestas á las minas, y la del tribunal especial de

estas.

Para proceder con el órden debido, la comision fijó su consideracion sobre los puntos siguientes: cual es el estado actual de la minería en Nueva-España: cuales son las causas que á él le han reducido: cual es el perjuicio que le resulta del sistema de contribuciones que hasta ahora se ha seguido.

La comision evitaria afligir al congreso presentándole el

funesto cuadro que ofrece el estado de la minería, si el conocimiento del mal no fuese necesario para la pronta aplicacion del remedio. De todos los datos que ha recogido se infiere, que exceptuando algunas minas en Zacatecas y en Tasco, no se trabaja formalmente ninguna; que el laborio actual está reducido á arrancar sobre el nivel de la inundacion los restos de la antigua riqueza: que no hay obra alguna de indagacion, y que las aguas van subiendo sin que los mineros puedan por falta de medios hacer esfuerzo alguno para agotarlas ó disminuirlas que Guanajuato, uno de los reales mas opulentos, en el cual una sola mina, la Valenciana, producia anualmente tanto como el Perú todo entero, está casi destruido; y que siendo muy rápidos los progresos de esta decadencia, es muy de temer que dentro de brevísimo tiempo la extraccion de plata en Nueva-España vendrá á ser casi nula. Esta triste indiferencia puede fundarse sobre datos numéricos.. En el quinquenio que precedió á la revolucion, hasta el año de 1809 inclusive, el término medio de la plata extraida en Guanajuato fue de 630 mil marcos, y el del oro 2,200 marcos, importando ambas partidas la suma de 5,600 mil pesos fuertes. En el que corrió desde 1814 á 1818, el término medio de la plata fue 240 mil marcos; el del oro 630, notándose en este período una diminucion tan rápida de año á año, como que en el de 14 se extrajeron aun 330 mil marcos de plata, y 708 de oro; y en el de 18 solo 155 mil de aquella, y 401 de este, que importan 1300 mil pesos fuertes. Es decir, que la extraccion actual está reducida á poco mas de la cuarta parte de lo que era antes de la revolucion. Por notable que parezca esta rebaja, aun puede citarse otra todavía mas visible: antes de la revolucion habia en Guanajuato 1896 máquinas para la trituracion de los minerales; actualmente solo estan en movimiento 162. Se ha tomado á Guanajuato por ejemplo, por ser el mas cuantioso de los reales de minas; pero las présentaciones de plata y oro en las casas de moneda verifi

can que la decadencia es general en todos. En la de Méjico la cantidad de metales acuñados en el año anterior fue de cerca de dos millones de pesos fuertes menor que la del año de 1819, sin que pueda atribuirse esta diminucion al establecimiento de otras casas de moneda, pues la de Guadalajara aun no está en actividad, y en la de Zacatecas, que siempre lo ha estado, se vió semejante rebaja; pudiéndose concluir, que la amonedacion actual no pasa del tercio de los 27 millones de pesos fuertes que se acuñaban antes de la revolucion, y que cada año será menor.

Para demostrar la influencia que tiene esta decadencia de la minería sobre todos los ramos productivos de Nueva-España, basta notar que todos dependen de ella. La agricultura en aquellos paises debe su prosperidad principalmente á la venta segura y pronta de sus frutos, que le facilita el gran consumo de las minas; sin estę, el comercio interior no existiria entre provincias cuyas producciones son iguales, y el exterior no florece cuando la escasez de metales preciosos hace que no pueda saldarse con ellos la diferencia entre las importaciones y exportaciones. De esta relacion íntima entre la minería y la industria agricultora y comercial, proviene él que la decadencia ó prosperidad de estas haya seguido exactamente los pasos de aquella; de donde se deduce que el restablecimiento de las unas es tambien dependiente de la otra. Esta influencia se extiende al comercio de la península. Pudiera probarse esta asercion comparando las sumas importadas en ella en los últimos años con las que se introducian en los que precedieron á la revolucion; no pueden aumentarse estas importaciones mientras la minería no se restablezca, y nuestro comercio no florecerá, mientras carezca del mercado seguro y pronto que aquella le proporciona.

La comision encuentra un motivo de satisfaccion en el exá

men de las causas que han producido estos males, pues de él puede deducir que no son irreparables. En efecto, no se ɖe

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ben atribuir á que las vetas se hayan perdido ni esterilizado: la de Guanajuato, que desde principios del siglo pasado, hasta el año de 1818, produjo la suma enorme de 271 millones de pesos fuertes, apenas está disfrutada en la octava parte de su extension, y es todavía susceptible de producir 5 millones anuales durante el largo espacio de 300 años. La ruina de la minería ha sido el resultado necesario de la pérdida del equilibrio que habia entre el producto de las minas, y entre los gastos que es menester impender para su laborio.

Para fundar esta asercion la comision necesita desvanecer un error muy extendido. Se cree generalmente que las grandes cantidades de plata, que antes del año de 1809 producia la Nueva-España, se debian á la riqueza de sus minerales, confundiendo la abundancia de estos con su riqueza intrínseca *. Los minerales de Nueva-España son en general de muy corta ley, y tanto que los 3 millones de marcos de plata que produjo en los años de su prosperidad, se extrajeron de 10 millones de quintales de mineral; es decir, que el contenido medio es de dos y media onzas por quintal, cuando en Sajonia se regula de 4 onzas. Y es tal la proporcion que guardan los de mayor contenido, que examinando las extracciones de la mina de. Valenciana (que se toma por regla por ser la mas cuantiosa) resulta, que si importan 5 milésimas del total los minerales que contienen 22 marcos de plata por quintal, los que solo contienen 3 onzas forman las 895 milésimas, siendo todavía mas abundantes los de un contenido menor. Esta abundancia de piedra mineral, por el mismo hecho de ser de corta ley, hizo la felicidad de aquellos paises, pues de ella se originaba la necesidad de emplear un gran número de brazos, muchas máquinas y caballerías para moverlas. En solo Guanajuato habia 14 mil mulas destinadas á este fin, y fácil

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*Se conocen por minerales ó frutos en Nueva-España las piedras extraidas de las minas que contienen algun metal y se entiende por ley la cantidad ó proporcion de este metal.

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