Colección de documentos inéditos para la historia de Chile desde el viaje de Magallanes hasta la batalla de Maipo, 1518-1818, Volúmenes3-4

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Imprenta Ercilla, 1889

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Pasajes populares

Página 372 - usar y guardar é recudir á los otros nuestros adelantados que an sido é son en estos nuestros Reynos de Castilla y en las dichas yndias y que en ello ni en parte dello embargo ni contrario alguno vos no pongan ni consientan poner ca nos por la presente vos recibimos é
Página 371 - escribano público mandamos que les sean recibidas y pasadas en quenta siendo tomada la razón desta nuestra carta por los nuestros oficiales que residen en la ciudad de Sevilla en la casa de la contratación de las yndias é los unos ni los otros no fagades ni fagan endeal por alguna manera so pena de la
Página 405 - mi cédula y lo en ella contenido, é que contra el thenor y forma de ella vos no vayan ni pasen ni consientan ir ni pasar en manera alguna. Fecha en la villa de .Madrid á diez é nueve dias del mes de Setiembre de mili é quinientos y treynta é nueve años.—Yo
Página 212 - La Reyna.—Nuestros oficiales que residís en la ciudad de Sevilla, en la casa de la contratación de las Indias é á los nuestros oficiales de las dichas Indias, islas é tierra firme del mar Océano y á cualesquiera nuestras justicias y personas á quien lo de yuso en esta mi cédula contenido toca é
Página 257 - 6 de diciembre de 1531 XLII.—Real cédula sobre los sueldos del piloto Miguel de Tolosa, que fue en la expedición de Loaisa. (Archivo de Indias, 100-1-16). La Reyna.—Nuestros oficiales que residís en la Ciudad de Sevilla en la casa de la contratación de las Indias, por parte de Miguel Tolosa Piloto que fue en la nao
Página 307 - visto é platicado por los del nuestro consejo de las Indias queriendo evitar lo susodicho fue acordado que debíamos mandar dar esta nuestra carta para vos en la dicha razón, por lo cual vos cometemos y encargamos que hagáis tomar el altura é grados en que
Página 352 - Augusto, rey de Alemania; doña Juana, su madre, y el mismo don Carlos por la divina gracia, reyes de Castilla, de Leon, de Aragon, de las dos Sicilias, de Jerusalen, de Navarra, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de
Página 169 - de cada uno dellos é que en ello ni en parte dello embargo ni contrario alguno vos no pongan ni consientan poner en tiempo alguno ni por alguna manera, so pena de la nuestra merced é de diez mill maravedis para la nuestra cámara
Página 213 - élos unos ni los otros no fagades ni fagan ende al por alguna manera so pena de la nuestra merced é de diez mili maravedís para la nuestra cámara.—Fecha en Toledo á veinte é seis
Página 160 - é deve usar guardar y acudir á los mariscales que han sido é son destos nuestros Reinos de Castilla é en las Indias é que en ello ni en parte dello embargo ni contrario alguno vos non pongan ni consientan poner que nos por la presente vos

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