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Expediente sobre que se abone la mitad de los diezmos del Arzobispado de Lima al licenciado Toribio Alfonso de Mogrovejo electo Arzobispo de aquella Diócesis en caso de morirse en el camino antes de llegar á ella.

Madrid, 3 de julio.

'Muy poderoso señor:

El licenciado Toribio Alfonso de Mogrovejo, Arzobispo de la ciudad de los Reyes dice: que á vuestra Alteza ha dado noticia como le han venido sus bulas y se está aprestando para hacer su viaje en la primera ocasión y suplicado, atento á ello, se mandase tomar resolución en la merced que se le ha de hacer de la vacante del dicho arzobispado en que hasta ahora no se ha to. mado, y, porque él está necesitado y no puede salir de su casa,si no se le hace esta merced,por que á cuenta de ella, hallará en estos reinos quien le socorra y no de otra manera: suplica á vuestra Alteza, mande tomar resolución en ello y hacer la dicha merced que así tiene de la dicha vacante, pues el Arzobispo pasado,aunque se le haya hecho merced de ella,no sería justo que la goza

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se no habiendo ido á aquellas partes,y vuestra Alteza le tiene así proveído, que no yendo los Prelados á residir, no se les acuda con cosa alguna, y si él pretendiere haber hecho muchos gastos en las bulas y que no habían de ser á su costa, tenga por bien de pagárselos y en ello recibirá merced.

Dése cédula dirigida á los oficiales de la ciudad de los Reyes, para que sinembargo de la cédula de su Majestad en que se hizo merced á don Diego de la Madriz, Arzobispo electo que fue de la ciudad de los Reyes, de la mitad de los frutos del dicho Arzobispado del tiempo que estuvo vaco por muerte de don Jerónimo de Loaiza, acudan con la dicha mitad al licenciado Toribio Alfonso de Mogrovejo, Arzobispo que al presente es, y con la otra mitad á la fábrica de la dicha Iglesia Catedral, conforme á la dicha cédula, y con los frutos que cayeron del dicho Arzobispado desde el día que al dicho don Diego se hizo por su Santidad la gracia,hasta que le promovió á la iglesia de Badajoz, acudan al dicho don Diego enteramente con los que han caído desde el día de la dicha promoción, hasta el día de la gracia del dicho licenciado Toribio Alfonso de Mogro. vejo, le asistan á él y á la dicha fábrica por mitad. En Madrid, á tres días de julio de 1579-El licenciado Lopidana. Hay una rúbrica.

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Muy poderoso señor:

Pedro de Cartajena, en nombre del doctor D. Pedro de la Madriz, Obispo de Badajoz y Arzobispo que fue de la ciudad de los Reyes, que es en el Perú, en el pleito con el licenciado Toribio Alfonso de Mogrovejo, Arzo

bispo que al presente es de la ciudad de los Reyes, su. plico de un auto dado y pronunciado por los del vuestro muy alto Consejo de las Indias, en tres de julio de este presente año, en cuanto por él manda se acuda con la mitad de los frutos que valió el dicho Arzobispa do desde la muerte de don Jerónimo de Loaiza, Arzobispo que fue de la dicha ciudad, hasta que fue confir mada por su Santidad al dicho don Diego de la Madriz mi parte,de que estaba hecha merced al dicho mi parte; y en cuanto á lo susodicho, hablando con debido acatamiento digo, que vuestra Alteza ha de mandar revocar y enmendar el dicho auto por todo lo que del dicho proceso resulta y por lo siguiente:

Lo primero, porque no es pedido por parte; lo otro, porque está dado por vuestra Alteza y por sus reales cédulas hecha merced al dicho mi parte de la mitad de los dichos frutos, para ayuda á las grandes costas y de la mucha necesidad que tenía para proveerse para el dicho viaje, como en efecto, lo tenía gastado, y además,no es justo que después de hecho el dicho gasto se le quite,pues, es en mucha más cantidad que pueden montar los dichos frutos, pues se le hizo hacer el dicho gasto; lo otro. porque los dichos frutos siempre ha si. do costumbre que á los Arzobispos que se han presentado al dicho Arzobispado, siempre se les hace merced de los dichos frutos,para ayuda á las dichas costas y á las bulas que se sacan del dicho Arzobispadɔ, como en efecto, mi parte lo gastó en sacar las dichas bulas y en cosas que tenía prevenidas para hacer su jornada.

Por todo lo cual á vuestra Alteza, pido y suplico mande revocar y enmendar el dicho auto y que se acu. da á mi parte con la mitad de los dichos frutos de la dicha vacante y cuando esto lugar no haya, que sí, á lo menos,se mande al dicho Arzobispo Toribio Alfonso de Mogrovejo, le pague todas las costas y gastos que hizo en las bulas y otras cosas, como lo tiene ofrecido

que quiere pagar y en todo hacer justicia, y para ello, etc.-Cartagena. Hay una rúbrica.

Al pie de este documento se lee: Lo proveído en Madrid en trece de agosto de mil quinientos setenta y nue. ve.-Ante mí, Juan de Ledesma.-Hay una rúbrica.-El licenciado Lopidana-Hay una rubrica.

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Católica Real Majestad:

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El Obispo de Badajoz dice: que él fue presentado por vuestra Majestad á la Iglesia del Arzobispado de los Reyes, que es en el Perú, y se le pasó la dicha iglesia por Su Santidad, y después fue promovido de ella á la de Badajoz, y asimismo se le pasó, según lo cual gozó, y ha de haber de la dicha iglesia de los Reyes quince meses poco más ó menos, como todo parece por estas bulas de que hace demostración: pide y suplica á vuestra Majestad mande se le den los despachos y recaudos necesarios para la cobranza, que en ello recibirá merced.

EL REY

Nuestros Oficiales de nuestra hacienda que residen en la ciudad de los Reyes, de las provincias del Perú,sabed:que por la buena relación que tuvimos de la persona, letras y vida de don Diego de la Madriz, Inquisidor apostólico en la ciudad de Cuenca, habemos tenido por bien de le presentar á Su Santidad, para Arzobispo de esa ciudad en lugar y por fin y muerte de don Fray Jerónimo de Loaiza, Arzobispo que fue de ella, y porque habiéndonos suplicado por su parte que atento á que tenía mucha necesidad, y con su ida á esas provincias se le recrecían muchas costas y gastos, le hicié

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