Jurisprudencia del Código de procedimiento civil: jurisprudencia, leyes, decretos, reglamentos, autos acordados, notas juridiales, etc., etc., 1910 a 1918 1.er apéndice a la 2. ed. de 1910, Volumen2

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Soc. Imp. y Lit. Barcelona, 1919
 

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Página 481 - a lo que en ellos se espresa, sino a todas las cosas que emanan precisamente de la naturaleza de la obligación o que por la lei o la costumbre pertenecen a ella»,
Página 103 - Esta leí principiará a rejir desde su publicación en el Diario Oficial. I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo, por tanto promulgúese i llévese a efecto como lei de la República. Santiago, 24 de Enero de
Página 628 - 3.° El deudor que hace la cesión, ni sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
Página 107 - del Código Civil, toda: obligación personal da al acreedor el derecho de perseguir su ejecución sobre todos los bienes raices o muebles del deudor, sean presentes o futuros
Página 491 - Las sociedades nombrarán su consejo; pero el Director será nombrado por el -Presidente de la República a propuesta en terna del Consejo». I
Página 104 - El producto de dichas contribuciones quedará especialmente afecto a los espresados servicios, con el orden de preferencia indicado. ART. 2.° Esta lei comenzará a rejir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial, pero no afectará los embargos
Página 423 - la consignación es el depósito de la cosa que se debe, hecho a virtud de la repugnancia o no comparecencia del acreedor a recibirla i con las formalidades necesarias, en manos de una tercera persona,
Página 281 - respecto del aceptante de una letra de cambio que no hubiere puesto tacha de falsedad a su aceptación al tiempo de protestar la letra por falta de pago,
Página 271 - respecto del aceptante de una letra de cambio que no hubiere puesto tacha de falsedad a su aceptación al tiempo de protestar la letra por falta de pago
Página 736 - Que el que cede a título oneroso un derecho de herencia o legado sin especificar los efectos de que se compone, no se hace responsable sino de su calidad de heredero o legatario

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