Recursos de casacion: o sea historia de la lejislacion boliviana comparada con las de Francia y Espana sobre el recurso de casacion

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1860 - 32 páginas

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Pasajes populares

Página 11 - Toda falta de observancia de las leyes que arreglan el proceso en lo civil y en lo criminal, hace responsables personalmente á los jueces que la cometieren.
Página 11 - Conocer de los recursos de nulidad que se interpongan contra las sentencias dadas en última instancia para el preciso efecto de reponer el proceso, devolviéndolo, y hacer efectiva la responsabilidad de que trata el artículo 254. Por lo relativo a Ultramar, de estos recursos se conocerá en las Audiencias en la forma que se dirá en su lugar.
Página 23 - Esta disposición se halla fundada en un principio de justicia, de conveniencia y aun de moralidad, y debe por tanto calificarse de acertadísima: porque ni es justo tener á los tribunales y jueces en perpetua ansiedad, dejando al arbitrio de los litigantes el reclamar, sin restricción ni limitación alguna de tiempo, los defectos que, tal vez inadvertidamente puedan aquellos cometer; ni es conveniente que pudiendo subsanarse una falta por el mismo que incurrió en ella, se permita, sin reclamar...
Página 28 - Montevideo, incluso la Colonia del Sacramento, en el preciso y perentorio término de dos meses contados desde el día en que se verificare el...
Página 23 - ... ni puede, en fin, permitirse sin ofensa de la moralidad, y sin faltar al decoro debido á la magistratura, que el litigante que advierte un defecto, muchas veces consentido y muchas provocado por él, use de la perfidia de esperar á la terminación final del negocio, para si le es contraria reclamarla por el defecto consentido y conformarse con ella, si le es favorable.
Página 31 - Vencido el término del encargado, y el de la próroga, podrá el demandante pedir se pronuncie la sentencia de subasta y remate, y el juez lo hará así, mandando al mismo tiempo que aquel afiance las resultas del juicio.
Página 26 - ... hubiere recaído. Conocerán en este caso los tribunales o jueces que tienen por ley la facultad de juzgar en primera instancia al funcionario público que se hubiese arrogado la jurisdicción, y al declarar la nulidad impondrán la responsabilidad de daños y perjui.
Página 32 - El tercer opositor que alegue dominio a los bienes embargados, y lo pruebe con un instrumento público o documento privado reconocido e inscrito en el Registro de Derechos Reales, será entregado de ellos, previo un traslado a cada parte, y la ejecución se mejorará con los que sean propios del deudor o de sus fiadores.
Página 31 - ... publicación del cartel en el periódico oficial, el Juez, a solicitud de parte, señalará día y hora para el remate de los bienes, y mandará fijar nuevos carteles, expresando en ellos el día y hora del remate, lo mismo que el valúo que deba servir de base. Art. 608.- Intentada una vez la vía ordinaria y contestada la demanda, no es permitido volver a la ejecutiva, sino después de terminada aquélla, pena de nulidad. Art. 609.- Si promovida la vía ejecutiva, fuere declarada sin lugar,...
Página 23 - ... tribunales y jueces en perpetua ansiedad, dejando al arbitrio de los litigantes el reclamar, sin restricción ni limitación alguna de tiempo, los defectos que tal vez inadvertidamente puedan aquellos cometer; ni es conveniente que pudiendo subsanarse una falta por el mismo que incurrió en ella, se permita sin reclamar ante él, recurrirá otro tribunal y apelar a un remedio extremo; ni puede en fin permitirse sin ofensa de la moralidad, y sin faltar al decoro debido a la...

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