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tran por no tener razón esa Audiencia de los registros, para que el Contador mayor de Cuentas lleve la correspondiente, y forme á Oficiales Reales el cargo de lo cobrado y debido cobrar, originando igualmente el impedirse el recurso á aquellos naturales, por lo intimidados que se hallan de Heredia, por ejercer la absoluta jurisdicción que no tiene. Que se habían fortalecido los Zambos Mosquitos é Ingleses haciendo las hostilidades que se expresan en el testimonio número quinto, reducidas á haber entrado y robado los pueblos de Muimui y Lobaga, matando en este último catorce personas y llevándose cincuenta y del de Muimui veinte y cuatro y muerto seis: Que el día trece de Agosto de el año próximo pasado entró el Zambo en el Fuerte de Matiná y le saqueó y arrasó del todo, matando cuatro soldados de su guarnición llevándose los pertrechos y haciendo prisionera la gente que después dejó: cuyos insultos no se experimentaron antes del arribo de Heredia, aun sin haber la tropa reglada, de la que debió haber destacado parte de ella para contener al enemigo, concluyendo el citado Presidente con que si se mantiene en los expresados Gobiernos Don Alonso de Heredia se verán arruinadas aquellas provincias, pues sus habitadores no tendrán el recurso que desde la conquista se les dió á esa Audiencia, como porque ademas del crecido sueldo que goza Heredia, hace contribuir á los Pueblos sin paga alguna, repartiendo algodones para hilados y demás granjerías prohibidas que tiene y se expresan en el testimonio número sesto: He resuelto en vista de lo referido y demás que se contiene en la citada carta y documentos dar comisión como por la presente la doy á esa Audiencia para que haga la más exacta averiguación y justificación que sea posible sobre los expresados excesos que se refiere haber cometido el Brigadier Don Alonso Fernandez de Heredia, dándome cuenta por mi Secretaría del Despacho de Indias de cuanto resultare, estando advertida de que por lo que mira á la cuenta y paradero que debe darse de los ciento veinte y siete mil seiscientos diez y siete pesos y dos reales, que se enviaron á los expresados Gobernadores he prevenido lo conveniente á este punto, á el Oidor Don Juan Antonio Velarde y Cienfuegos, y por su falta á Don Pedro de Aguirre y Celaa, respecto de ser mi voluntad entienda. privativamente en él, y que por esa Audiencia se le dé en caso necesario el auxilio que pidiere para el logro y desempeño del referido encargo, teniendo presente que de impedirse la formal evacuación de el á uno de los expresados Oidores con el motivo de ser incidencia de lo demás que

se expresa en esta mi Cédula, quedará responsable esa Audiencia, Ministros 6 Justicia que lo embarazaren á la responsabilidad de las cantidades que se dejaren de cobrar y á las penas que yo tuviere por conveniente imponerles.Dada en San Lorenzo á diez de Noviembre de mil setecientos cuarenta y ocho. Yo el Rey. Don Zenon de Somodevilla. La que obedecida por la dicha mi Audiencia se mandó llevar á mi Fiscal de ella, y con lo que sobre el asunto expuso se proveyó por mi Presidente y Oidores á los veinte del corriente mes y año el auto de este tenor.= Librese despacho con inserción del real órden de Su Magestad en diez de Noviembre de setecientos cuarenta y ocho para que se proceda á la averiguación de lo que Su Magestad en ella previene y manda con el mayor celo cometida su ejecución por lo que toca á la asolacion del Castillo de San Fernando de Matina á Don Luis Diez Navarro, Gobernador de Costa Rica y por lo que mira á lo que se expresa de los pueblos de Muimui y Lobaga se cometa á Don José, García Corregidor de Matagalpa y por lo que deba practicarse en el Realejo y Provincia de Nicaragua, en cuanto a las entradas y salidas de los registros en el Puerto del Realejo, se cemete la práctica de estas diligencias á don Francisco Posadas, vecino en el pueblo del Viejo y para que todo se ejecute con la claridad y distincion y formalidad debida, sin que quede el menor punto de dicha Real órden sin averiguar, se lleven todos los autos al Señor Fiscal para que conforme á su mérito, forme las respectivas instrucciones que á cada comisario le correspondan, las que se remitan adjuntas á cada despacho, y al Señor Licenciado Don Pedro Antonio de Aguirre se le den todos los auxilios que pidiere para la práctica de su comisión y respecto á hallarse evacuada la denuncia que hizo ante esta Real Audiencia el Br. Don Domingo Cabezas con el Gobernador Don Alonso Fernandez de Heredia y mandado sacar testimonio de los autos para dar cuenta á Su Magestad, el comisario se abstendrá de proceder sobre este particular.-Y para que lo proveido tenga cumplido efecto, con acuerdo de mi Presidente y Oidores de la dicha mi Audiencia libro la presente carta por la cual os mando que luego que la recibais veais el contenido de la dicha mi Real Cédula inserta y lo mandado por la dicha mi Audiencia en el auto que así mismo va incorporado y en su observancia y cumplimiento por lo que respectivamente os toca procedais arreglado á la instruccion que con esta mi carta se os remíte, lo que ejecuteis con la mayor brevedad que fuere posible por convenir así

á mi Real servicio que para ello os doy comisión y facultad, cuanta por derecho se requiere y es necesaria`y fechas dichas diligencias las remitiréis cerradas y selladas á la dicha mi Audiencia, y así se guarde y cumpla sin hacer en contrario pena de mi Merced y de doscientos pesos para mi Real Cámara y fisco. Dada en la Ciudad de Santiago de Guatemala en veinte y uno de Junio de mil setecientos cuarenta y nueve años Don José de Araujo y Rio=Dr. Dn. Jacobo de Huerta y Cigala.-Licd! Don Domingo Lopez de Urrelo-registrado.-Chanciller-Lugar del Real Sello-Miguel José Coronado y Ulloa -Y yo Don Antonio Ortiz, escribano de Cámara de la Audiencia y Chancillería Real de Guatemala, mayor de Gobierno y Guerra en su distrito por Su Magestad, le hice escribir por su mandado con acuerdo de su Presidente y Oidores.-En la ciudad de Cartago de la Provincia de Costa Rica en diez y siete días del mes de Setiembre de mil setecientos cuarenta y nueve años, el Teniente Coronel Don Luis Diez Navarro, Ingeniero ordinario, Visitador é Inspector General de este Reino de Guatemala, Gobernador y Capitán General de esta Provincia de Costa Rica: Habiendo recibido en esta fecha como á las diez del día la Real Cédula y real provision inserta con iustruccion del Señor Licdo. Don Sebastian de Becerra y Gutierrez del Consejo de Su Magestad, su fiscal de la Real Audiencia que reside en la Real Corte y Chancillería de Guatemala, cuyo todo mando que en su observancia y cumplimiento se guarde, cumpla y ejecute como S. A. M. P. S. lo manda agregándose dicha instruccion á estos y de ella se saque el interrogatorio de preguntas que se deben hacer á los vecinos mas principales de esta Provincia y prácticos del valle de Matina por las cuales depondrán sobre el asunto que se les preguntare para lo cual serán, fecho el interrogatorio, llamados por mí, y en esta conformidad así lo proveo, mando, obedezco y firmo con los testigos presentes con quienes actuo en falta de escribano, lo que certifico.-Luis Diez Navarro.-Ignacio de Yglesias y Soto Mayor.-Cayetano Guendica.-El Licdo Don Sebastián de Becerra del Consejo de Su Magestad, su Fiscal de esta Real Audiencia de Guatemala en conformidad del Auto de esta dicha Real Audiencia, de veinte del corriente mes y año para que forme las respectivas instrucciones á los Jueces comisarios que en dicho auto se contienen, la doy á Don Luis Diez Navarro, Gobernador de la Provincia de Costa Rica por lo que por su parte deba practicar en la manera siguiente: Que averigue si desde el día que el Comandante Don

Alonso Fernandez de Heredia, tomó posesion de su Gobier no, hasta el presente, se han hecho algunos reparos, ú otras obras en el Castillo de San Fernandó de Matina, que guarnición tenía entonces; si se ha puesto en él algun destacamento, nuevo castellano, ú otro oficial; si en el tiempo de la Guerra actual con Ingleses ú en las pasadas ha sido invadido; si precedieron algunas noticias ú otras señales al insulto ú asolacion, y en que días y si estas se avisaron al referido Comandante, con la más individual noticia del suceso. Guatemala y Junio veinte y ocho de mil setecientos cuarenta y nueve años.-Licd! Don Sebastián Becerra y Gutierrez.-En la ciudad de Cartago en diez y siete días del mes de Setiembre de mil setecientos cuarenta y nueve años, el Teniente Coronel Don Luis Diez Navarro, Ingeniero ordinario, Visitador é Inspector General de este Reino de Guatemala, Gobernador y Capitán General de esta Provincia de Costa Rica, ante mí hice comparecer al Capitán Don Juan José de Cuende Teniente de oficiales reales de esta Provincia, á quien estando en mi presencia le recibí juramento que lo hizo por Dios Nuestro Señor y una señal de Cruz en forma de derecho, so cuyo cargo, prometió decir verdad en todo lo que supiere y le fuere preguntado y á la absoluuion del juramento dijo sí juro y Amen.-1 Fuéle preguntado si desde el día que el Comondante Don Alonso Fernandez de Heredia tomó posesión de su Gobierno hasta el presente se han hecho algunas obras ó reparos en el Castillo de San Fernando de Matina, dijo que no sabe que se haya hecho ningun reparo en el Fuerte de San Fernando, por cuanto muy poco tiempo antes que entrase en la administración de la Real Caja se habían hecho los que se necesitaban por precisos y responde.-2 Fuéle preguntado que guarnicion tenía dicho Fuerte, dijo que tenía cincuenta hombres y responde.-31 A la tercera pregunta fuéle preguntado si ha puesto en él algun destacamento, nuevo castellano ú otro oficial, dijo que por el mes de Mayo de mil setecientos cuarenta y siete se despachó por el Gobernador de esta Provincia un destacamento de cincuenta hombres milicianos de los que en esta ciudad estaban siempre prevenidos de órden del Señor Don Tomas de Rivera y Santa Cruz Presidente que fué, Gobernador y Capitán General de este Reino para remudar de seis á seis meses la guarnicion de dicho Fuerte por lo enfermiso de aquel pais, los que bajaron á la defensa de dicho fuerte y valle por haber entrado los Zambos Mosquitos aliados con Ingleses y saquearon dicho valle y lo robaron sin ser vistos

ni sentidos de la guarnicion del Fuerte, en cuya ocasion soltaron dos prisioneros de los que en aquella misma ocasión cojieron, y escribieron carta en latin al Gobernador de esta Provincia diciéndole cojerian el fuerte y á esta ciudad por cuyo motivo pasaron veinte y cinco hombres á dicho fuerte de refuerzo; y los otros veinte y cinco se quedaron.en dicho valle, y en cuanto á nuevo castellano, ú otro oficial, dijo que le consta que con la mencionada última entrada y saqueo de dicho valle se formaron autos por el Gobernador de esta dicha Provincia con los que dió cuenta al Señor Comandante General, con cuyo motivo remitió dicho Señor un oficial y un sargento, el primero para castellano y el segundo para que ejerciese su ministerio, los que condujeron veinte fusiles nuevos, dos quintales de pólvora y un cajon de balas cuyo todo cuando llegó dicho oficial ya se habia perdido dicho fuerte y responde.— 4 Fuéle preguntado si en el tiempo de la Guerra actual con Ingleses ó en los pasados ha sido invadido, dijo que dicho fuerte se formó en el año pasado de setecientos y cuarenta y uno, gobernando este Reino, el Señor Don Pedro de Rivera Villalon, y que nunca hasta el día trece de Agosto de mil setecientos cuarenta y siete entre diez y once del día en que se perdió dicho fuerte, habia sido invadido, que el valle de Matina siempre lo ha sido, antes de la fundación de dicho Fuerte, durante él y después de su destruccion y responde.-5" Fuéle preguntado si precedieron algunas noticias, ú otras señales al insulto ó asolación de él y en que dias y si estas se avisaron al referido Comandante con la mas individual noticia, dijo que por los meses de Abril y Mayo entraron dichos enemigos por parajes incógnitos á dicho valle de Matina, lo saqueáron y se llevaron muchos prisioneros sin ser vistos de dicha guarnición, y que al tiempo que tuvo la noticia dicho bernador de esta Provincia Don Juan Gemmir y Lleonart, dió cuenta con autos como tiene dicho á dicho Señor Comandante General y responde=61 A la sesta pregunta de lo que de público y notorio que en razon de lo susodicho y de lo á ello anexo y concerniente se le hizo, dijo que todo lo que lleva declarado es la verdad, so cargo del Juramento que fecho tiene en que se afirmó y ratificó siéndole leida esta su declaración, á cuyo tiempo acordó haber padecido equívoco en lo que responde en la tercera pregunta de que la carta que escribió el enemigo Inglés en idioma latino fué avisando como estaban para cojer el fuerte: Porque lo que sucedió fué haber dado verbalmente esta noticia por medio de los dos enunciados prisioneros

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