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geo y otras cosas para los soldados y esto sabe desta pregunta y que este testigo no sabe que se le aya pagado nada por ello.

A la otava pregunta dixo queste testigo lo a oido decir por publico lo contenido en la dicha pregunta y esto sabe della.

A la novena pregunta dixo que lo que sabe este testigo es que a visto quel dicho Juan Romo a dado de comer en su casa algunos soldados y que lo demas en la pregunta contenido lo á oido este testigo decir y esto sabe

A la décima pregunta dixo que no la sabe porque este testigo a estado muy poco tiempo en el pueblo de Nicoya.

A las once preguntas dixo queste testigo tiene al dicho Juan Romo por buen cristiano y hombre de buena vida y fama y que es casado y lo tiene por tal persona que cualquier merced que su magestad sea sirvido de le hacer cabe en su persona y esto sabe desta pregunta.

A las doce preguntas dixo que dice lo que dicho tiene en las preguntas antes desta y es la verdad y lo que sabe para el juramento que echo tiene y en ello se afirmó y ratificó y queste testigo es el escribano ante quien pasa esta causa y a dicho su dicho y lo firmó de su nombre-Pedro Gallegos.

E despues de lo susodicho este dicho día vista la dicha ynformacion por el dicho señor alcalde mayor dixo que mandaba y mandó á mí el dicho Pedro Gallegos escribano, dé un traslado dos ó más al dicho Juan Romo corregidor é proveedor general, á los cuales é cada uno dellos dixo que interponía é interpuso su autoridad y decreto judicial tanto cuanto puede y de derecho a lugar y firmolo de su nombre Juan Vazquez de Coronado. Pasó ante mi Pedro Gallegos.

E yo Pedro Gallegos escribano publico que á todo lo que dicho es presente fui en uno con los dichos testigos y de mandamiento del dicho senior alcalde mayor que aquí formó su nombre, lo escribí según que ante mi pasó y lo firmé de mi nombre y rubrica acostumbrada que es á tal.Juan Vazquez de Coronado.-En testimonio de verdad. (f)-Po Gallegos escribano publico.

En el pueblo de Nicoya á seis días del mes de junio. de mil y quinientos y sesenta y cuatro años ante el dicho señor alcalde mayor pareció presente Juan Romo corregidor y proveedor general y presentó una petición firmada de su nombre y dixo y pidió lo en ella contenido el tenor de lo cual es como sigue.

Muy magnifico señor.-Juan Romo corregidor por su

magestad en la provincia de Nicoya y proveedor general en las del nuevo Cartago y Costarica digo: que yo tengo hecha ante vuestra merced una provanza ad perpetuan rei memoria de mis meritos y servicios para informar á la magestad del rey don Felipe nuestro señor para que como cristianisimo principe me lo remunere. A vuestra merced pido y suplico me mande dar su parecer y carta para que su magesrad sea informado y descargue su real conciencia en lo cual recibiere bien con justicia la cual pido y el muy magnifico oficio de vuestra merced imploro.-Juan Romo.

E presentada la dicha petición el dicho señor general dixo que está presto de dar el dicho parecer y lo dió en la forma siguiente, pasó ante mi Pedro Gallegos.

Catolica Real Magestad.-Juan Romo es el contenido en esta provanza a servido á vuestra magestad en el corregimiento de Nicoya y juntado los naturales de la dicha provincia para que mas comodamente vivan en pulicía. Es proveedor general de Cartago y Costarica y por mis cartas a entendido en proveer á la dicha jornada: queda sirviendo á vuestra magestad en los dichos cargos, merece la merced que vuestra magestad fuere servido de haserle.-Juan Vazquez de Coronado, pasó ante mi Pedro Gallegos escribano publico. Juan Vazquez de Coronado.

Es copia del documento á que se refiere con el cual ha sido comprobada.

1884.

Archivo General de Indias.-Sevilla, 7 de Mayo de

JOSÉ VILLAAMIL Y CASTRO

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para la historia

de

Costa Rica

SAN JOSE

TIPOGRAFIA NACIONAL

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