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corregidor de esta ciudad, como de maese de campo y general de la flota de esta mar, y no se debe haber hecho cargo ninguno de la residencia que se le tomó del dicho oficio, sino dádole por libre como el Conde del Villar, vuestro visorrey, que fue de estos reinos, lo podrá testificar y ser buen testigo de todo, que dará entera relación de su vida y costumbres; yo entiendo lo puedo ser también, como otro alguno, pues está en mi compañía, y nunca le he visto hacer cosa de que pueda ser notado ni se tenga sospecha de ello ni entender en granjerías, tratos ni contratos con clérigos ni otras personas de este mi Arzobispado, ni ocupadóse enjuegos ni otros vicios, antes en ejercicios virtuosos, y vístole de ordinario, animándome y despertándome á mí á que con manos largas expenda y gaste mi hacienda en pobres, y que si mi hacienda no bastase, que acudiera con la suya, de que yo he quedado y estoy muy edificado, y es razón que sea favorecido de todos y amado, como lo fue de vuestros Visorreyes don Martín Enríquez y el conde del Villar, comunicándole y tratándole en cosas de mucha importancia y gobierno de este reino, como persona que lo podía hacer y dar buen consejo; de más de que ha servido á vuestra Majestad, en esos Reinos mucho tiempo, y cauti. vádole en gelbes y llevádole preso á Constantinopla y á un hermano suyo, del hábito de san Juan, á lo cual vuestro Visorrey parece no ha atendido en lo que ha hecho. Y en cuanto al cumplimiento de las provisiones de vuestros Oidores, no es cosa nueva dejarse de cumplir por los Prelados cuando son exhorbitantes y desaforadas conforme á derecho, como vuestra Majestad por sus leyes lo tiene ordenado y por derecho canónico estatuído, obedeciéndose las tales provisiones, aunque no se cumplan, suplicándose de ellas, en conformidad de lo cual, obedeciéndose algunas provisiones que se me han notificado cuanto al cumplimiento por parecerme ser

y no

contra derecho y el santo Santo Concilio de Trento, se ha despachado cédula de vuestra Majestad en mi favor, ordenándome haga lo contrario de lo contenido en las dichas provisiones y ejecute lo que por mi parte se alegare en contrario de ellas, como sucedió en las apelaciones que se interpusieron del Concilio Provincial que se celebró en esta ciudad, el año próximo pasado de ochenta y tres, ordenándoseme por vuestra Real Cédula lo lleve á debida ejecución.

Suplico á vuestra Majestad, nos haga merced á los Prelados de estos Reinos de favorecernos, pues tan destituidos estamos de todo favor y que vuestros Virreyes no se entrometan en esto de Seminarios ni en quitar ni poner armas, ni ser causa que se desbaraten y deshagan los Seminarios, como en el caso presente se ha hecho, dejándole la mano libre á los Prelados, pues á ellos les compete y pertenece conforme al Santo Concilio de Trento, que será causa para que se animen y tan santa obra vaya adelante, en gran bien y utilidad de este reino y edificación de todos, y lo contrario, desanimarse todos á ello y quedarse en perpétuo olvido como de antes y dejarse de poner en ejecución lo que el Santo Concilio de Trento, con tantas veras, pide y ordena. Dios guarde á vuestra Católica Majestad. De esta ciudad de los Reyes, á 24 días del mes de marzo de 1591 años.-EL ARZOBISPO DE LOS REYES.

C)

Carta del Arzobispo de los Reyes á Su Majestad sobre haberse entrometido el Virrey D. García de Mendoza, en el Seminario y á quitar el escudo de las armas dei Santo Arzobispo de su casa, para que dicho Virrey, se abstenga de tales demandas.

SENOR:

Después de haberse hecho por orden de vuestro Vi

rrey don García de Mendoza lo que tengo escrito á vuestra Alteza de quitarse las armas arzobispales y poner otras en su lugar en mis casas propias y haberse hecho el Seminario de los colegiales que estaban en ella y salidose é idose á sus casas para justificar vuèstro Virrey (á lo que se deja entender) su causa y no se le atribuyese culpa después de hecho el daño, arrepintiéndose por ventura del estrago que estaba hecho,proveyó el auto que se envía á vuestra Majestad, requiriéndome que volviese los colegiales al Seminario y don. de nó, que él haría lo demás contenido en el auto, y que así se me notificase, negocio á los que bien entendieren, muy ajeno de su jurisdicción y de entrometerse en se. mejante provisión de los ministros y colegiales del Se. minario, no tocándole en manera ninguna á vuestro Virrey, estando reservado á los Prelados de instituir y fundar los Seminarios y la administración y cura de ellos, y el nombrar y poner colegiales en la forma contenida del dicho Santo Concilio de Trento, y entremeterse vuestro Virrey ú otro ministro seglar en ello, no parece ser otra cosa, sino usurpación de jurisdicción eclesiástica, y tomar á los Prelados lo que á ellos les pertenece y compete por derecho, y después acá tengo relación que está determinado de mandar poner otras armas reales en otras muchas partes, negocio que nun. ca se ha acostumbrado, según he entendido, debe ser con ocasión de tener alguna excusa, ante V. M. de lo que en mis casas ha hecho, y me parece que el gasto que hubiese hecho en ponerlas, fue á su costa no habiendo consultado primero con V. A. lo que había de hacer, para que fuera con buen acuerdo y bien acertado lo que se hubiera hecho é intentado, y todos acudieran á la vo. luntad de V. A. con mucha voluntad y pecho por tierra, como tan verdaderos, buenos y fieles vasallos de V. A. Rey y señor nuestro. He querido dar noticia á V. A. de este auto que va con los demás papeles, el cual es

toy satisfecho, enviará vuestro Virrey á V. A. para su descargo y será según lo que tengo referido para su cargo con las veras que puedo, suplico á V. A. esta mi causa se mire con buenos ojos y sea favorecida, que se rá gran consuelo de todos los Prelados de esta tierra, y alentarles y animarles para cosas mayores en gran ser. vicio de Nuestro Señor.

Dios guarde la católica persona de V. A. - De esta ciudad de los Reyes del Perú, en 27 días del mes de marzo de 1591 años.-EL ARZOBISPO de los ReyES.

Se vindica á Santo Toribio de injustos cargos

E mi estimado amigo el señor don José Toribio Polo, individuo de número del instituto histórico, recibí, en momentos que registraba empolvados expedientes del archivo arzobispal, en vista de documentos que vindicaron á Santo Toribio de mi injustos cargos que se hicieron á su persona y á su gobierno,la siguiente carta:

Monseñor Carlos García Irigoyen.

Mi respetado señor y amigo:

En el arreglo que hago del Archivo Arzobispal, entre los preciosos domentos que el tiempo ha respetado y que habrán de servir para nuestra Historia Eclesiástica, tuve la fortuna de encontrar un expediente del año 1595, 55 hojas útiles, que es la sumaria información que hizo el Deán don Pedro Muñiz, Provisor y Vicario General, por el Iltmo. señor Mogrovejo, para vindicar á éste de las acusaciones contra él hechas á la Corte, sobre el cobro de 3% de las rentas

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