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sona hasta hoy ha dado cosa ninguna para ello. Demás de lo cual es cosa notoria, y se probará, que el di. cho Arzobispo en todas las visitas que ha hecho, no ha aplicado para su cámara cosa alguna, pudiendo hacerlo conforme á la merced que vuestra Real persona le ha hecho de las penas eclesiásticas de cámara por la predicación y despacho de la Bula, y que habiendo confirmado más de 500 mil personas, buscándolas como buen pastor en discurso de más de tres mil leguas, que ha caminado en este Arzobispado por especísimos y peligrosos caminos, que muchas veces para los poder con menos peligro caminar, los ha andado á pie,con sumo cansancio y trabajo, se pudiera aprovechar, de la cera y vendas de la confirmación, que montara mucha cantidad, no ha querido llevar cosa alguna, antes por aliviar más á los indios y que reciban la administración de los sacramentos con mayor gusto, ha puesto de su casa y hacienda la cera y vendas para todos ellos, que solas las vendas y cera parece por mis libros, haber costado más de 800 pesos, y en algunas ocasio: nes ha hecho romper las sábanas que ha tenido en su cama para hacer vendas, por haberle faltado lienzo, y dado toda su hacienda de limosna, gastando tan poco en su persona como si fuera un sacerdote simple: que por las libranzas de las limosnas que ha dado,que están sólo en un libro, parece haber distribuído entre pobres, desde el año 1584 hasta fin de agosto de 1594, 88390 pesos y medio corriente y por otro cuaderno, 40000 pesos; de manera que en los dichos diez años ha repartido á pobres de su hacienda más de 128000 pesos corrientes, sin lo que en los tres años antes daría, que no pudo dejar de ser mucha cantidad, conforme á la que en los dichos años se ha repartido, y quien tan largamente da su hacienda á pobres, quitándose así parte de lo que ha menester, no se puede decir que toma para sí la de los pobres. Y porque es justo que vuestra

Real persona se entere de esta verdad y no padezca la opinión del dicho Arzobispo en cosa que tan mal suena, mayormente siendo pastor y cabeza á quien sus ovejas han de mirar y tomar ejemplo: que da mucha lástima á los que le conocemos y experimentamos la santa intención, vida ejemplar y penitente solicitud y caridad del dicho Arzobispo, en buscar las almas y apacentarlas con doctrina y ejemplo y la desnudez que tiene tan particular del propio interés, ver que tal pas. tor y tan cuidadoso de la salud de sus ovejas y de la doctrina, por siniestras relaciones esté en semejante re. putación ante vuestra Real persona. Pido y suplico á vuestra alteza mande recibir la información que sobre ello ofrezco, con citación de vuestro Fiscal y de los testigos que presentaré, se examinen por el tenor de este pedimento y sus dichos, se me den en pública forma y manera que haga fe por duplicado para los presentar ante vuestra Real persona y Consejo de las Indias y pi. do justicia para ello, etc.-El Dr. Muñiz.

En la ciudad de los Reyes, lunes diez días del mes de octubre de mil quinientos noventa y cuatro años, en presencia de mí Francisco Alarcón, clérigo presbítero. notario público, por la autoridad apostólica y secre tario del Dean y cabildo de la Santa Iglesia de la dicha ciudad, pareció presente el doctor don Pedro Muñiz, Dean de la Santa Iglesia, Provisor y Vicario general de este arzobispado y me entregó la petición arriba firmada de su notario, y otra del mismo tenor firmada asi. mismo de su notario, y me pidió la corrigiese, y de su pedimento, corregí esta dicha petición, con la que así me entregó y era de un mismo tenor y forma, como la

de su escrito, y me pidió le diese por testimonio cómo la entregara á Juan Gutiérrez de Molina, secretario de la Real Audiencia que en esta dicha ciudad reside, y en cumplimiento de ello, yo el dicho notario, doy fe como el dicho Provisor, el dicho día estando en la casas reales, en la antecámara en donde hacen acuerdo entregó la dicha petición que así corregí al dicho secretario Molina, y le pidió la leyese en el dicho acuerdo ante los señores Presidente y Oidores, y el dicho secretario la tomó y dijo que la metería y la leería en dicho acuerdo, y para que de ello conste dí el presente que fue en dicho día, mes y año susodichos, y en fe de ello firmé de mi nombre.-Francisco Alarcon, Notario Público.

En la ciudad de los Reyes, en trece días del mes de octubre de mil quinientos noventa y cuatro años, estando en acuerdo de justicia los señores Presidente y Oidores de la Audiencia y Cancillería Real que reside en esta dicha ciudad, con su señoría el señor don García Hurtado de Mendoza, marqués de Cañete, Visorrey Gobernador y capitán general en estos reinos y pro. vincias del Perú, Chile y Panamá, y Presidente de la di cha real Audiencia: vistas dos peticiones que se metie. ron en el dicho Real acuerdo presentadas por el doctor don Pedro Muñiz, Dean de la santa Iglesia de esta dicha ciudad, y Provisor de este arzobispado, en nombre del Reverendísimo don Toribio Alfonso Mogrovejo, Arzobispo de esta dicha ciudad, en que suplica se mande recibir informaciones de lo en ellas contenido con citación del Fiscal de su Majestad, y comparecer á esta Real Audiencia para informar á su Majestad, mandaron que las dichas dos peticiones se metan y guarden en el archivo hasta que el dicho Arzobispo venga al dicho Real

acuerdo, y en él se le muestren las cédulas de su Majestad y lo que por su carta se ordena y hasta que venga, como le está mandado por la Real carta que su señoría el señor Virrey le envió en persona propia, no ha lugar de ser oído en lo que pide, y así lo proveyeron y rubricaron ante mí-Juan Gutiérrez de Molina.

Concuerda con el original de donde se sacó, que queda en mi poder-Juan Gutiérrez de Molina.

Por las preguntas siguientes se examinen los títulos que fueren presentados en la información que de oficio por mí se ha mandado hacer conforme al auto en esta causa pronunciado:

1. Primeramente si conocen al Reverendísimo Arzobispo de esta ciudad y si tienen noticia del colegio seminario que en ella fundó.

2. Si saben que dicho Arzobispo y su Provisor, `en el proveer de los curatos y doctrinas de indios, siempre ha guardado y guarda el orden que sobre ello da el Real patronazgo, y en su cumplimiento cuando vaca algún curato y doctrina, se ponen edictosly acabado el término de ellos, los opuestos se examinan y se presentan dos cuando los haya el señor Virrey, para que provea al que fuere servido: digan lo que saben.

3. Si saben que el dicho Arzobispo jamás ha tenido atención á dar los dichos curatos y doctrinas á clérigo alguno por ruegos ni otros respetos humanos, antes procura y ha procurado con todas las veras posibles y así lo ha encargado á sus Provisores, que tengan mucho cuidado y diligencia en el dicho examen y que sean virtuosos los que así presentaren y preferidos á los que no lo fueren.

4. Si saben que entendiendo el Santo Arzobispo que con la ocasión de muchas cosas que se recrecen á los dichos sacerdotes en las dichas doctrinas y que no fuese causa que los dichos sacerdotes con sus tratos y otros fines, molestasen á sus feligreses, ha proveído de ordinario á sus visitadores que visiten con mucho cuidado y encargádoles que su principal intento fuese en la dicha visita de que nuestro Señor se sirviese y que los naturales fuesen aprovechados é industriados en nuestra santa fe católica y que no los molestasen ni fatigasen: digan lo que saben.

5. Y si saben que no satisfecho al dichoArzobispo que los dichos visitadores harían tan por entero lo que les mandaba con mucho celo y caridad, propuesto el sumo trabajo que habia de pasar, se determinó como buen pastor á visitar su arzobispado como lo visitó y si ocupó en la dicha visita más tiempo de dos años que anda visitando por su propia persona: digan lo que

saben.

6. Si saben que dicho Arzobispo en dicha visita procedió en ella con mucha cristiandad y celo de servir á Nuestro Señor y á los sacerdotes que le parecía que no vivían con el recato y la decencia, que era justo y convenía para el aumento de su doctrina de los naturales castigaba y reprendía con mucha rigurosidad y así privó y quitó por justas causas en la visita muchos sacerdotes que no hacían el deber, como son los contenidos en la memoria presentada; que pide sea mostrada á los testigos, y á los sacerdotes virtuosos, los honraba y animaba á que fuesen adelante con su buena obra y celo; digan.

7. Y si saben que el dicho señor Arzobispo en la dicha visita hizo pagar y satisfacer á los indios todo lo que pareció y si averiguó que los sacerdotes les debían sin que hubiese género de remisión en ello: digan.

8. Y si saben que el dicho señor Arzobispo ha sido

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