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5. A la quinta pregunta dijo: que lo que sabe de la pregunta es que el dicho Arzobispo salió por esta ciudad á visitar su arzobispado, luego como se acabó de celebrar el Concilio provincial que en esta ciudad se celebró el año de ochenta y tres, en que en la dicha visita se ocupó años, que no sabe cuantos, moviéndole á ello el servicio de Dios Nuestro Señor, y hacer muchos años que el dicho arzobispado no se había visitado por ninguno de los Prelados que antes de él han sido, y esto sabe este testigo, porque antes que se partiese de esta ciudad el dicho Arzobispo se lo dijo á este testigo, lo que lo movía á ello, y que esto responde á la pregunta.

6. A la sexta pregunta dijo: que este testigo tiene al dicho Arzobispo por hombre tan justo y recto y de tan buena conciencia que castigaría á los que lo mereciesen y daría por libre á los que no tuviesen culpa, y que en cuanto á esto se remite á las sentencias y proce sos que se habrán fulminado en la dicha visita; y esto responde.

7. A la sétima pregunta dijo: que dice lo que dicho tiene en la pregunta anterior de esta.

8. A la octava pregunta dijo: que dice lo que dicho tiene.

9. A la novena pregunta dijo: que lo que sabe es que este testigo supo por una carta del dicho Arzobispo los malos caminos y pasos trabajosos que había en la tierra de Moyobamba, Chachapoyas, y montañas y ríos muy caudalosos que se habían de pasar con mucho riesgo de la vida, y que esto el dicho Arzobispo lo posponía por el remedio de las ánimas que estaban en aquellas provincias y montañas tan apartadas y faltas de doctrina, por ser como son tan fragosas y peligrosas. Y que esto lo sabe este testigo por relación de algunos de los visitadores susodichos que se hallaron presentes con el dicho Arzobispo; y esto responde.

10. A la diez preguntas dice: que lo que sabe este

testigo y ha oído es que los encomenderos de aquellas dichas partes y provincias son gente pobre, porque los indios lo son también y les dan muy poco tributo, y así entiende este testigo que sería necesario que el dicho Arzobispo diese parte de los diezmos y otra cualquier ayuda de costa á los sacerdotes que hubiesen de estar allí y que en todo se remitía á lo que por escrito pareciese en razón de todo esto.

11. A la once pregunta dijo: que no lo sabe y que se remite á las sentencias y condenaciones que aparecen por escrito.

12. A la doce pregunta dijo: que lo contenido en la pregunta, este testigo lo oyó decir que había pasado así á algunas personas, que tenían noticia de ello.

13. A la trece pregunta dijo: que lo que sabe es que siendo este testigo procurador mayor nombrado por el Cabildo de esta ciudad de los reyes, como regidor de ella, para asistir en el dicho Concilio y hallándose muchas veces presente en él como tal procurador, hizo tratar de que hubiese Seminario presidiendo en él el Virrey don Martín Enriquez, visorey de estos reinos en dicho Arzobispo, con el deseo que tenía que tuviese efecto el dicho Seminario y se cumpliese y guardase todo lo ordenado y mandado por el Santo Concilio de Trento, persuadió á los señores obispos que allí estaban presentes, tuviesen por bien que en sus obispados hubiese el dicho Seminario, pues era en tanto servicio de Dios Nuestro Señor y ordenado por el dicho Santo Concilio de Trento, y porque tuviese efecto el dicho Seminario, daría una parte más que todos los dichos señores obispos; y que así entendió este testigo. que el dicho Arzobispo lo haría con gran servicio de Nuestro Señor; y esto sabe de la pregunta.

14. A la catorce pregunta dijo: que en las condenaciones que sobre ello se hicieron parecerá lo contenido en la pregunta.

15. A la quince pregunta dijo: que lo que sabe es que este testigo se halló presente por comisión de dicho Arzobispo de palabra que le dio para comprar la casa que había sido del dicho Alonso Velásquez, y los ayudó á concertar para que fuesen colegio del dicho Seminarío. Y el dicho señor Arzobispo sólo mandó y rogó á este testigo, entendiese en ello, así estando en esta ciudad como escribiéndoselo por carta, estando fuera de ella, y que después que volvió el dicho Arzobispo á esta ciudad, vio este testigo á los dichos colegiales den. tro de dicho colegio, y que después vio que se desbarató por algunas diferencias que oyó decir que habían habido, que este testigo no las sabe, y esto responde.

16. A la diez y seis pregunta dijo: que no lo sabe y que se remite al nombramiento.

17. A la diez y siete pregunta dijo: que se remite á las escrituras que sobre ello hay.

18. A la diez y ocho pregunta dijo: que se remite á las cuentas que de ello hubiere.

19. A la diez y nueve pregunta dijo: que se remite á los papeles y que este testigo ve poblado el dicho di cho Seminario.

20. A la veinte pregunta dijo: que no sabe que se haya aprovechado el dicho Arzobispo del dicho dinero. y que parecerá por la escritura y recaudos.

21. A la veintiuna pregunta dijo: que lo que sabe y ha entendido este testigo del dicho Arzobispo es ser persona muy virtuosa, casto y de muy buenas costumbres y por tal está tenido y reputado en esta ciudad, y que además de esto ha visto un manuscrito de las limosnas que ha dado y mandado dar, desde que entró en el dicho arzobispado, que montan más de ciento veinte mil pesos, y que asimismo lo ha oído decir á don Vicente Rodríguez, persona que tiene á su cargo el acudir y remediar las necesidades de los pobres vergonzantes y demás pobres que hay en esta ciudad; y esto es lo que sabe y ha oído decir.

22. A la veinte y dos pregunta dijo: que este testigo tiene y ha tenido al dicho Arzobispo por tal persona, como tiene dicho en la pregunta antes de esta, es amigo de hacer limosuas; y esto responde á la dicha pregunta.

23. A la veinte y tres pregunta dijo: que lo que tiene dicho es la verdad y lo que del caso sabe, por el juramento que tiene, y firmólo de su puño y letra.

El DOCTOR MUÑIZ.

Luis R. de la Serna

Ante mí, Francisco Alvarez, Notario Público.

* **

El la ciudad de los Reyes, á siete días del mes de marzo de mil y quinientos y noventa y cinco años, para la dicha información mandó parecer ante sí á Alonso Ramírez de Berrio, clérigo presbítero, del cual tomó y reci. bió juramento, según forma de derecho, en cargo del cual prometió decir verdad; y siendo preguntado por el tenor del interrogatorio que le fue mostrado, dijo y repuso lo siguiente:

en

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Mo.

1. A la primera pregunta dijo: que conoce Señoría Iltma. el señor don Toribio Alfonsc grovejo, desde que entró en este reino, por de él que tiene noticia del colegio Seminario que ha fundado en esta ciudad.

bispo

De las preguntas generales de la ley, dijo: que no le toca ninguna de ellas y que es de edad de treinta años.

2. A la segunda pregunta dijo: que este testigo ha sido muchos años notario público de esta Audiencia arzobispal, y así sabe y ha visto que en el proveer los

curatos y doctrinas de indios de beneficios de españoles de este arzobispado, Su Señoría Iltma. y sur Provisor han guardado y guardan inviolablemente la cédula del Real patronazgo, y en su conformidad y cumplimiento, todas las veces que vaca algún curato ó doctrina, se ha puesto edictos públicos con término competente y á los sacerdotes que dento de él se han opuesto, los han examinado los examinadores señalados y diputados por el sínodo diocesano. Y para algunos beneficios que ha habido opositores doctos, ha visto este testigo hacer lecciones públicas de teología como si hubiesen de llevar una muy principal prebenda de las de españoles, y se ha dado nominación á los más dignos y beneméritos, para que el señor Virrey presente al que fuere servido; y esto responde á esta pregunta.

3. A la tercera pregunta dijo: que este testigo sabe y ha visto como persona que ha pasado por su mano, todo lo que se ha proveído y hecho en más de cuatro años á esta parte, que Su Señoría Iltma. el dicho señor Arzobispo, en la provisión de los dichos curatos y beneficios ni en otras cosas de las que provee, jamás se mueve por ruego ni respetos humanos. Y como esto es tan público y conocido, no hay nadie que le pruebe ni represente otra cosa alguna más de la justicia y razón que cada uno tiene, y en esta conformidad ha encargado y mandado á sus Provisores, y desde la visita que va haciendo lo escribe por cartas, que se tenga particular cui. dado y diligencia en el examen y nominación de los sa. cerdotes pretendientes de doctrinas y que sean preferidos los virtuosos y beneméritos y que supiesen la lengua; y esto responde á esta pregunta.

4. A la cuarta pregunta dijo: que sabe este testigo y ha visto que después que el señor Arzobispo entró á este reino, ha sido protector y amparo de los indios, y ha procurado con muchas veras su buen tratamiento, enseñanza y educación, y que los sacerdotes no los

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