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dos reales por marco de plata mixta, en vez de los cinco medio reales que se han exijido, y se apartarán á los introductores todas las pastas, que segun su ley de oro, costeen la operacion. Los introductores quedan en libertad de ejecutar esta operacion por sí ó donde mas les convenga.

PROPOSICION NOVENA.

En los ensayes foráneos solo se cobrarán los verdaderos costos que tengan las operaciones de ensaye, y los de fundicion en las piezas que lo exijian, quedando suprimido el derecho de bocado.

PROPOSICION DÉCIMA.

Verificado en las tesorerías nacionales el pago de la única contribucion señalada en la proposicion vra á las pastas de oro y plata, y puestos en las piezas de estos metales los sellos que lo acrediten, quedan sus dueños en libertad de venderlos, ó emplearlos en los usos que quieran, sin fijacion alguna de precio.

PROPOSICION UNDÉCIMA.

Solo se permitirán seis granos de feble en la moneda, en lugar de los diez y ocho que hoy se toleran.

PROPOSICION DUODECIMA.

En lo sucesivo, los empleos facultativos de las casas de moneda y apartado, recaerán exclusivamente en personas que tengan los conocimientos de física, química y mineralogía, necesarios para desempeñarlos.

PROPOSICION DECIMATERCIA.

Queda absolutamente libre de derechos el comercio de azo

honró tambien mi trabajo con muy particular atencion; y de él se han tomado materiales para muchos trabajos de oficio dirigidos á discutir los intereses del comercio, de la industria, y manufacturas de las colonias.

La obra que publico al presente se divide en seis secciones principales. El primer libro presenta consideraciones generales sobre la extension, y el aspecto físico de la Nueva-España. Sin entrar en ningun pormenor de historia natural descriptiva, porque esto lo reservo para otras partes de mi obra, he examinado la influencia de las desigualdades del suelo sobre el clima, la agricultura, el comercio y la defensa de las costas. El segundo libro trata de la poblacion general y de las varias castas en que se divide. El tercero presenta la estadística particular de cada una de las in-tendencias, su poblacion y su área calculada segun las cartas geográficas que yo he levantado por mis observaciones astronómicas. En el cuarto libro examino el estado de la agricultura y de las minas de metales; y en el quinto los progresos de las manufacturas У del comercio. El sexto libro contiene algunas indagaciones sobre las rentas del estado y sobre la defensa militar del pais.

A pesar del gran cuidado que he puesto en verificar la exactitud de los resultados en que me he llegado á fijar, no dudo haber cometido varios errores de consideracion, que se dejarán ver mas y mas cion que mi obra excite á los habitantes de la Nueva

á

propor

España á estudiar el estado de su patria. Puedo contar sin embargo con la indulgencia de los que conocen las dificultades de esta especie de investigaciones, y que han comparado unas con otras las tablas estadísticas que se publican anualmente en los paises mas civilizados de la Europa.

DE LAS MATERIAS DEL TOMO TERCERO.

LIBRO IV

CAPÍTULO XI. Estado de las minas de Nueva-España.-Su pro-

-

ducto en oro y plata.-Riqueza media de los minerales.- Con-
sumo anual de mercurio en la amalgamacion.-Cantidad de me-
tales preciosos que han pasado de un continente á otro desde la
conquista de Méjico.

Estado general de las minas de Nueva-España .

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ib.

18

ib.

ib.

19

20

21

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22

32

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25

ib.

26

ib.

69

VIII. Intendencia de Valladolid.

IX. Intendencia de Oajaca.

X. Intendencia de Puebla.
XI.

Intendencia de Veracruz

XII. Antigua California.

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Producto del distrito de las minas de Guanajuato .
Estado comparativo de las minas de América con las de Europa.
Plata quintada extraida de las minas de la Nueva-España, desde
1o de enero de 1785, hasta 31 de diciembre de 1789.
ESTADO No I.—Oro y plata sacados de las minas de Méjico y acu-
ñados en Méjico, desde 1690 hasta 1809.
ESTADO No II. Plata que se ha sacado de las minas de Méjico des-
de 1690 hasta 1800.

Progresos del beneficio de las minas del reino de Méjico.
Laborio de Yauricocha.

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Producto de las minas de plata de Gualgayoc, Guamachuco
y Conchuco..

Derechos reales que ha pagado la plata del cerro de Potosí . .
ESTADO I. Primera época desde 1o de enero de 1556, hasta 31 de
diciembre de 1578, durante la cual no se pagó mas que el
quinto.

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412

TABLA DE LAS MATERIAS.

ESTADO II. Segunda época, desde 1o de enero de 1556, hasta 19 *de julio de 1736, durante la cual se pagaba uno y medio por ciento de cobos, y ademas el quinto de los yo y medio res

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ESTADO III. Tercera época, desde 20 de julio de 1736, hasta 31 de diciembre de 1789, durante la cual se pagó uno y medio por ciento y medio quinto, ó de 100 pesos, 11 pesos y 3 reales. Laborio del cerro de Potosí (Hatun-Potocsí).

1. Oro acuñado en Santa Fe de Bogotá.

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II. Oro acuñado en Popayan.
Producto ánuo de las minas de oro y plata de que se ha pagado el

231

253

265

273

ib.

quinto.

281

Producto anual de las minas del Nuevo-Continente, á principios

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del siglo XIX Producto ánuo de las miuas de oro y plata en Europa, Asia seten} trional y América.

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1. Cantidad de oro y plata registrada, sacada de las minas de la América, desde el año de 1492 hasta 1803. .

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II. Oro y plata no registrados, que se han sacado de las minas del
Nuevo-Continente, desde 1492 hasta 1803.

304

Del producto de las minas de oro del Brasil comparado con el de
las minas de oro del Oural.
Sobre las cantidades relativas de metales preciosos acuñados y re-
ducidos á objetos de joyería .

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Sobre la actividad de las casas de moneda de Francia comparada con la de la casa de moneda de Méjico.

363

De las alteraciones que experimenta la acumulacion de los metales preciosos en Europa.

368

Cantidades de te importado y consumido en la Gran-Bretaña desde

el año de 1805 hasta 1826, y término medio de estas cantidades por cada diez años.

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Dictámen de la Comision especial de minería relativo al fomento

de este ramo y alivio de los mineros.

399

FIN DE LA TABLA.

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