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Padre Alonso Zumaeta, Operario.

Hilario Pietas, Maestro de gramática, operario. Hermano José Bascuñán, Coadjutor temporal, Maestro de escuela y ocupado en quehaceres domésticos.

Residencia de Valdivia

Padre José Ambert, Superior.

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Agustín Mendoza, los dos operarios en la guarnición y vecindario de la plaza de Valdivia y misioneros de los indios circunvecinos.

Misión de Toltén, jurisdicción de Valdivia

Padre José Gamboa, Superior.

Marcelo Semper, los dos misioneros y doctrineros de los indios.

Misión de Chonos, en Chiloé

Padre Francisco Javier Esquivel, Superior.

Francisco Javier Quisling.

Santiago Bascuñán, los tres doctrineros de indios.

Misión de Tucapel

Padre Francisco Khuen, Superior.

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Antonio Fabro, Doctrinero de indios.

Hermano Guillermo Millet, Coadjutor temporal, carpintero, trabaja en la vivienda de los padres misioneros.

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Padre Francisco Javier Volfisen, Superior, enfermo y anciano.

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Bernardo Harbestadt.

Pedro de la Cuesta, los tres doctrineros de indios.

Misión de Santa Juana

Padro Jorge Olivares, Superior, enfermo.

Ramón Luna, los dos doctrineros de indios.

Misión de la Mochita

Padre Miguel Aldunate. Superior.

Miguel Olivares, los dos doctrineros de indios.

Nota.-Los sacerdotes misioneros de indios acuden también á la doctrina y enseñanza de los españoles inmediatos como son á los que están en las guarniciones de Arauco, Yumbel y Nacimiento.-Ihs.-Juan de Sorozábal.»

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La expulsión de la Compañía de Jesús fué, pues, un golpe mortal para la instrucción de la juventud del reino.

Cerrados los establecimientos de enseñanza que ellos habían fundado, á costa de tantos afanes, trascurrieron largos años antes de que las autoridades civiles pudieran remediar, en parte siquiera, el grave daño que la falta de escuelas ocasionaba al país.

Sin embargo, en esos primeros años, ya que no el gobierno, algunos particulares trataron de abrir escuelas, dirigiendo al efecto numerosas solicitudes á las autoridades del reino.

En la metrópoli, esta carencia de escuelas públicas con motivo de la expulsión de los jesuítas, se hizo sentir de un modo más palpable. Allí habían ellos monopolizado casi por completo la enseñanza; y al firmar el decreto de expulsión ya, tanto el rey como los ministros de su consejo, habían tratado de salvar esta dificultad, y de proveer á la enseñanza pública, que así en España como en Indias, quedaría reducida á los poquísimos establecimientos que poseía el gobierno y algunas otras órdenes religiosas.

La cuestión, sin embargo, no era fácil de resolver. Expulsados los jesuítas, se iba á carecer de personas aptas para la enseñanza, y que se dedicaran á ella con la abnegación, constancia y desinterés necesarias para libertar al gobierno de una ingerencia para la que no estaba preparado ni moral ni materialmente.

En efecto, la España, que consumía tesoros en satisfacer las exigencias y caprichos de los reyes y cortesanos, no tenía los fondos necesarios para dotar establecimientos públicos de enseñanza; ni un tribunal de competencia que vijilara como se hacía ésta. Acostumbrado el gobierno á descansar de esta tarea (se habla aquí de la instrucción primaria) en las órdenes religiosas, casi exclusivamente en la Compañía de Jesús, iba á tener que improvisárselo todo: maestros, escuelas, textos, métodos de enseñanza y dinero para subvenir á estas necesidades.

No es ésta una acusación á la política del gobierno español. La carencia de escuelas públicas; sostenidas y fomentadas por el gobierno, no obedecía al propósito de dejar carecer á sus súbditos de los bienes que proporciona la instrucción; ella era sólo el resultado de la obra benéfica de la Compañía de Jesús, que había tomado á su cargo esta tarea, mediante cierta pequeña retribución y algunos privilegios concedidos.

Los jesuítas se habían adelantado á los deseos del monarca, y como orden casi exclusivamente consagrada á la propaganda, había llevado á cabo con agrado y entusiasmo la tarea de educar á la juventud.

En Chile, principalmente la obra de la Compañía de Jesús, era casi exclusiva. Es cierto que otras órdenes religiosas, como los de Santo Domingo y San Francisco, sostenían en Santiago y Concepción, escuelas de primeras letras; pero éstas eran menos concurridas que las de los jesuítas y estaban circunscritas á las mencionadas ciudades.

IV

A principios de 1768 llegó á Chile la real cédula que á continuación se inserta (1) y en ella disponía el rey de España que

(1) Se copia esta real cédula del tomo primero de la «Colección General de Providencias relativas al extrañamiento de los jesuítas▷, pág. 92.

cuanto antes se procurara el restablecimiento de las escuelas de primeras letras y se las diera una organización estable y duradera, como que de ellas iba á depender la suerte posterior de sus vasallos.

«REAL PROVISIÓN, de los Señores del Consejo en el Extraordina rio, á consulta con S. M,, para reintegrar á los maestros y preceptores seculares en la enseñanza de las primeras letras. Gramática y Retórica, proveyéndose estos Magisterios y Cátedras á oposición, y estableciendo viviendas y casas de pupilaje para los maestros y discípulos en los colegios donde sea conveniente, informando por menor al Consejo».

DON CARLOS, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de León, de Aragón, de las Dos Sicilias, de Jerusulén, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdova, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarves, de Algeciras, de Gibraltar, de las Islas de Canarias, de las Islas Orientales y Occidentales, Islas y tierra-firme del Mar Océano Archiduque de Austria, Duque de Borgoña, de Brabante y de Milán, Conde de Apsburg, de Flandes, Tirol y Barcelona, Señor de Viscaya y de Molina, etc. Á vos los jueces subdelegados, que entendeis en estos nuestros reinos, los de Indias, é islas adyacentes, en la ocupación de temporalidades de los bienes y efectos, que correspondieron á los colegios, casas y residencias, que tenían los regulares de la Compañía del nombre de Jesús, y demás á quienes lo contenido en esta nuestra carta toque, ó tocar pueda en cualquier manera, salud y gracia: Sabed, que atendiendo nuestro Consejo Real, en el extraordinario que se celebra con motivo de las ocurrencias pasadas, á las representaciones que por algunos de vos, por los pueblos mismos y por varios prelados, nos han hecho, en razón de fomentar la enseñanza de la juventud, particularmente en lo tocante á las primeras letras, Latinidad y Retórica, que tuvieron en sí como estancada los citados regulares de la Compañía, de que nació la decadencia de las letras humanas; por que deteniéndose poco en la enseñanza, aspiraban á otros estudios, em pleos y manejos en su orden, de manera que su ejercicio en la latinidad más bien se encaminaba á perfeccionarse en ella el maestro, que miraba como transitoria esta ocupación, que nó á la pú · blica utilidad, lo que produjo la minoración del progreso en los

estudios de la Compañía, y sucederá lo mismo á cualquiera otra orden religiosa, pues jamás pueden competir con los maestros y preceptores seglares, que por oficio ó instituto, se dedican á la enseñanza y procuran acreditarse para atraer los discípulos, y mantener con el producto de su trabajo á su familia: Considerando también, que mientras en España estuvieron las primeras letras, gramática y retórica al cargo de estos preceptores, que se proveían á oposición, en las cabezas de partido, floreció la enseñanza, como lo acreditan las obras en prensa que certifican su talento y sabiduría, que adquirieron con la aplicación de toda la vida, y por esta razón los que entraban en las facultades mayores, como bien instruídos en la latinidad y retórica, hacían admirables progresos en las ciencias; pero habiendo cesado este estímulo de los maestros y preceptores seculares, la latinidad ha decaído al actual abatimiento, con los perjudiciales defectos que se tocan, del poco adelantamiento en los estudios mayores, y la dureza del latín en nuestras aulas, poco diferente del que se lee en los autores del siglo XIII: que de nada serviría haber libertade estos estudios del vugo y mal estado en que los tenía la Compañía, si la vigilancia del nuestro Consejo no procurase reintegrarlos en su primitivo explendor, restituyéndolos á los maestros y preceptores seglares, proveyéndose á oposición estos magisterios y cátedras, concurriendo las ciudades y villas, con aquellos mismos situados que daban á los regulares de la Compañía, y aplicándose de sus temporalidades ocupadas los que parecíase conveniente para dotar á los maestros de tan importantes enseñanzas, como que la perfección de ellas es el cimiento, y base principal de los demás estudios, que nunca son sobresalientes en los que carecen de estas sólidas nociones: y oído en el asunto nuestro fiscal Don Pedro Rodríguez Campomanes, expuso al Consejo, en consulta de 29 de septiembre de este año, lo que estimó correspondiente, para promover el público beneficio de los primeros estudios de la nación: y habiéndose conformado N. R. persona con su parecer, por resolución á la citada consulta, publicada y vista, fué acordado su cumplimiento; y que á este fin se expidiese ésta nuestra carta para vos. Por lo cual os mandamos procedais sin la menor dilación á subrogar la enseñanza de primeras letras, latinidad y retórica, que en los respectivos colegios y casas, que han sido de la Compañía, en cuya ocupación de temporalidades estais entendiendo, se hallaba al cargo de los expresados regulares, en maestros y preceptores seculares, á oposición, informando

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