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Pregon.

Solar.

Pregon.

Iden.

para este cabildo no sirbe ni a parescido en este cabildo, por tanto que le despedian y despidieron y de nuebo nombraban y nombraron por portero del dicho cabildo a pero nuñes alguazil por boluntad de la cibdad al qual le señalan de salario treynta pesos de oro de lo que corre en ca la un año o al respeto el tiempo que sirbiera.

Este dia mandaron y ordenaron que se pregone que todas las personas que quisieren alguna cosa para la corte lo bengan al cabildo y lo den por memoria para que se asiente con los demas capitulos que la cibdad enbiare y parescan en el dicho cabildo para que con ellos se consulte lo que se deba pedir que conbenga al servicio de su magestad y al bien de la tierra los quales dichos procuradores an de yr a costa de la cibdad. Pregonose este dia por boz de esteban bicente pregonero testigos rodrigo de zamora y sebastian albarez y otros muchos.-(Tres rúbricas).

Viernes 19 de mayo.

Este dia estubieron en cabildo los muy nobles señores garcia olguin y pedro de los rios alcaldes ordinarios y diego hernandez de proaño y francisco de santacruz y francisco flores regidores por presencia de mi miguel lopez escribano publico y de dicho cabildo, y despues bino cristobal de barrios regidor.

Este dia de pedimento y suplicacion de juan martin conquistador le hicieron merced de un solar junto con solar de juan garcia y frontero de un solar de urones con que sea en la traza dentro y con que sea syn perjuicio de tercero de yndio ni de español y con que lo labre y a lo menos lo cerque dentro de seys me. ses y mandaronle dar titulo en forma abiendo consideracion ques conquistador y pobre.

Este dia ordenaron y mandaron que todos los bezinos y moradores desta cib. dad desempiedren sus pertenencias y saquen la piedras dentro de diez dias primeros siguientes con apercibimiento que pasado el dicho termino qualquier persona que quisiere les pueda sacar y lebar la dicha piedra de las dichas sus pertenencias sin que se lo puedan es torbar y mandaronlo pregonar y pregonose este dia por boz de juan gonzalez

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segun y como es uso y costumbre sopena de beynte y cinco pesos de oro a cada oficio que no sacare el dicho oficio aplicando la mitad para obras publicas y la otra mitad para juez y denunciador. Pregonose este dia.

Este dia de pedimento y suplicacion Bezindad. de francisco gudiel le hizieron merced de la rescibir por bezino desta cibdad para que goze de las libertades de bezinos y mandaronle dar titulo en forma.

Este dia de pedimento y suplicacion Sitio de de francisco de gudiel en nombre de ganados. gonzalo rodriguez los dichos señores le hicieron merced al dicho gonzalo rodriguez de un sitio para en que asiente sus ganados el qual es cerca de cachula en un despoblado en unos pozuelos que alli estan la qual dicha merzed le hizieron syn perjuyzio de la propiedad syno solamente del uso conforme a la hordenanza, y con que no labre ni edifique de piedra ni siembre y con que sea syn perjuyzio de tercero y mandaronle dar maudamiento en forma para ello.

Garcia Olguin. - Diego Hernandez de Proaño.-Una rúbrica.

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Prouicion.

Tierras.

dicho exido lo qual ha hecho so color que pidio la dicha tierra con que dejaria otra tanta de la otra parte de la dicha huerta para el dicho exido lo qual no ha hecho y se tiene todo mandaronle que si la dicha tierra quiere tomar dexe otro tanto de la dicha huerta para exido por manera que le quede una huerta con lo uno y lo otro y lo dezerque y lo de para el dicho exido lo demas lo qual haga y cumpla dentro de diez dias primeros con protestacion que si en el dicho termino no cercare la dicha huerta y dexare lo que ha de dejar para exido que dende en adelante no pueda husar syno de la huerta quel dicho francisco. de santacruz y de la manera que lo el tenia y no huse demas ni goze de la merced si alguna le fue hecha y manda ron que se le notifique.

Este dia dixo gonzalo ruyz regidor que ay mucho desorden en los letrados y procuradores del abdiencia real e desta cibdad en los presios y partidos que lleban de los pleytos que tienen a cargo y que lo que peor es que lo hacen a pagar a plazos de do se sigue mas daño a las partes porque por esta cabsa mueben pleytos que no moberian dixo que por lo que toca a su conciencia por el bien de la republica le paresce que se debe dar peticion y pedir en la abdiencia real en nombre desta cibdad se taze los derechos que han de llebar asi por peticion como por partido segun la calidad del negocio pues que en castilla esta tasado lo susodicho e que no se permita que por ser a plazos la lleben mas paga que si fuere luego la paga.

Otro si dixo que en lo que toca a la tasa que se ha mandado hazer y guar dar a la justicia y escribanos que muchos se quexan que no se guarda lo su sodicho ni se efectua lo que para guarda dello se mando e que las partes no se osan quejar porque temen ser fatigados en sus cabsas de las dichas justicias y escribanos, dijo que asi mismo por lo que toca a su conciencia y al bien de la republica se debe dar peticion en la dicha abdiencia sobre que se mande que se guarde las dichas tasas con grabes penas de manera que aya efecto lo mandado sin que las partes se quexen.

E luego los dichos señores justicia y regidores dixieron que fiat que se haga y se de la dicha peticion y cometieron para que la que de a gonzalo ruyz y francisco flores regidores e que pidan la respuesta que dieren por testimonio al secretario.

Este dia de pedimento y suplicacion de alonso de contreras le hicieron mer

ced de dos suertes de tierra para plantar de bides y plantas de castilla encima de la estancia del factor gonzalo de salazar que se dice tlaquilpa con tanto que sea sin perjuyzio de lo que tiene etor mendez platero alli y sin perjuyzio de otro tercero yndio ni español y dieronle licencia para que pueda comprar la dicha tierra a los indios cuyo fuere y les pague el derecho que tubieren a la tierra que cayere en las dichas dos suertes conforme a lo que su magestad manda la qual dicha merced le hicieron abiendo consideracion a lo que a seruido en la tierra y al prouecho que biene de las dichas plantas a la tierra y mandaronle dar titulo dellas en forma.

L

Este dia de pedimento y suplicacion Bezindad. de martin de castro le hicieron merced de le rescibir por bezino desta cibdad para que goze de las libertades que debe gozar como bezino.

Garcia Holguin.--Francisco de Santacruz.-Francisco Flores.—Cristobal Barrios.-(Dos rúbricas).

Biernes 2 de junio de 1531 años.

Este dia estubieron en cabildo los muy nobles señores pedro de los rios/ alcalde hordinario y el comendador diego hernandez de proaño y gonzalo ruyz y cristobal de barrios y pedro de sama. no y hernando clabijo regidores por presencia de mi miguel lopez escribano publico y del dicho cabildo y despues bino francisco flores.

Este dia se cometio a diego hernan Comision. dez de proaño y a gonzalo ruyz para que hagan una memoria de los propios de la cibdad y hagan cargo dello al mayordomo por ante mi el dicho escribano juntamente con francisco de santacruz o con los que dellos se juntaren.

Este dia dixieron que por quanto en Comision. el repartimiento de la gente que se embia a los opilsingos son agraviadas muchas personas porque a algunos hechan un balestero y a otros los dexan sin cosá ninguna siendo todos personas que tienen yndios de lo cual se an quejado y quexan muchos acordaron que se able a los señores que bean el dicho reparti. miento y desagrabien a las personas que asi estan agrabiadas haciendo el dicho repartimiento ygualmente entre las personas que tienen yndios que no hayan seruido en la tierra segun y como lo tiene mandado, y cometiose a diego her. nandez de prcaño y a gonzalo ruyz que. se lo hablen,

Comision.

Solar.

Pregon.

Este dia dixieron que por quanto esta cometido a diego hernandez de proaño para que den orden de la manera que han de salir los oficios el dia de corpus cristi encargaronle que haga pregonar que todos los oficios salgan como esta ordenado y mandado so pena de cinquenta pesos a cada oficio para las obras publicas aplicados.

Este dia de pedimento y suplicacion de hernando de lema y por relacion que hizo pedro de samano regidor a quien se cometio que biese un solar que pedio el dicho hernando de lema los dichos señores le hicieron merced de un solar en la traza desta cibdad a las espaldas de las casas nuebas del marquez del balle en la calle que trabiesa del solar de diego de sopuerta en la esquina de la calle linderos de otros solares questan por dar con tanto que sea syn perjuyzio de tercero y con que lo labre a lo menos y lo cerque dentro de ocho meses y man. daronle dar titulo en forma.

Este dia dixieron que por quanto a su noticia es benido y muchas personas se an quexado que a cabsa de librarse en los mercaderes y tratantes e tiendas pesos de oro y acetar los tales libramientos los dichos mercaderes y tratantes e no los pagar en oro como quedan antes dilatan la paga dellos a efecto que las partes a quien se libran por sacar las dichas libranzas de poder de las tales personas se las toman en cosas de la tienda por manera que aunque no tienen nescesidad de las tales cosas las compran e se las cargan a precios demasiados por manera que los bezinos y naturales desta cibdad resciben agrabio mucho, y queriendo remediar en ello mandaron que se de un pregon que diga que todas personas mercaderes y tratantes que tienen tiendas y tratos en quien se libraren algunos marabediz y pesos de oro luego que acetaren el dicho libramiento lo cumplan de la forma e manera que entre ellos y los que los libraren y a quien se libraren sentare y en caso que no se declare como y en que se lo a de pagar se lo pague en oro des de el dia que acetare el tal libramiento en otro dia primero siguiente e no se lo pueda librar en otra parte ni pagarle en ropa ni en cosa de la tienda si no quisiere la parte sopena quelque lo contrario hiziere caya e incurra en pena pagar con el doblo lo que fuere asy quel librado aplicado el dicho doblo para las obras publicas desta cibdad y mandaronlo pregonar publicamente.

Este dia se pregono por boz de este

ban bizente pregonero testigos rodrigo de torres y francisco de molina.

Este dia rescibieron por portero deste Portero. cabildo a esteban bizente pregonero por boluntad desta cibdad y le señalaron de salario beynte pesos de oro por cada un año del qual tomaron y rescibieron juramento en forma de derecho so cargo del qual prometio de husar bien e fielmente del dicho oficio y de guardar el secreto de cabildo y de no llebar derechos cosa ninguna de los pregones que diere tocantes a la cibdad.

Este dia de pedimento y suplicacion Lizencia de francisco berdugo bezino desta cib- para benta. dad los dichos señores le dieron licencia para que pueda hazer una benta en el pueblo de teotiguacan seys leguas desta cibdad quel tiene encomendado en tanto que sea sin perjuyzio de tercero. Este dia de pedimento de alonzo gar- Bezindad. cia herrador le hicieron merced de le bezino desta cibdad para rescibir por

que goze de las libertades de bezino.

Pedro de los Rios.-Diego Hernandez de Proaño.-Pedro de Barrios.Pedro de Samano.-Francisco Flores. -Hernando de Clabijo.

Lunes 4 de Junio de 1531.

Este dia estubieron en cabildo los muy nobles señores pedro de los rios alcalde hordinario y diego hernandez de proaño alguazily gonzalo ruyz y francisco flores y hernando clabijo regidores por presencia de mi miguel lopez escribano publico y del consejo y garcia olguin alcalde y pedro de samano regidor.

Este dia mandaron librar a esteban Libramien. bizente pregonero tres pesos y tres rea- to diosele. les de oro de lo que corre los quales a de aber de dos meses que sirbio de portero en el año pasado desde primero de nobiembre hasta en fin de diziembre a razon de beynte pesos de oro por un año el qual se le dio en forma.

Este dia acordaron que se pregone Comision. que los mayordomos de los oficios mecanicos desta cibdad entre oy y mañana bayan a diego hernandez de proaño alguazil mayor para quel de parte de la cibdad les dara la orden y lugar como

y

donde an de salir en la prosecion de la fiesta de corpus cristi y que guarden y cumplan lo quel les mandare de parte de la cibdad sopena de cient pesos de oro la mitad para la camara de su magestad y la otra mitad para las obras publicas desta cibdad en los quales lo contrario haciendo les an por condenados. (Ruyz-Seis rúbricas.)

Benta.

Comision.

Notificacion á saldaña.

Comitio.

nes.

Biernes 9 de Junio.

Este dia estubieron en cabildo los muy nobles señores garcia olguin alcalde ordinario y el comendador diego hernandez de proaño y francisco de santacruz y francisco flores regidores por presencia de mi miguel lopez escribano publico y del cabildo y despues binieron pedro de los rios alcalde geronimo lopez boto de regidor y gonzalo ruyz regidor y cristobal de barrios regidor y pedro de samano.

Este dia de pedimento e suplicacion de juan de cuellar bezino desta cibdad le hicieron merced de ledar licencia para que pueda hacer una benta en el pueblo de ystapaloca quel tiene encomienda camino de tamanalco conque sea el sitio donde la hiciere su misma tierra y conque sea syn perjuyzio de tercero español ni yndio y conque ponga el arancel de la cibdad en la dicha benta y lo guarden mandaronle dar titulo en forma.

Este dia cometieron a diego hernandez de proaño y cristobal de barrios regidores para que hagan y ordenen los capitulos que se an de embiar a pedir a su magestad y hechos los traygan a este cabildo para que se afinen y que se les den el treslado de los capitulos pasados que se embiaron con los procuradores questan en la corte.

(Tres rúbricas.)

Este dia notifique a gregorio de saldaña lo proueido cerca de la huerta que tiene en el exido, el qual dixo ques verdad lo quel dicho cabildo dize e que si no lo a descercado hasta agora a sido por unos ajos que tenia sembrados y quel esta presto de dexar otra tanta tierra como tenia conforme a la merced que le hizo la cibdad testigos rodrigo de salcedo y juan de zaragoza. (Una rúbrica.)

Lunes 12 de Junio.

Este dia estubieron en cabildo los muy nobles señores pedro de los rios alcalde hordinario y cristobal de barrios y francisco flores y el comendador diego hernandez de proaño y hernando clabijo regidores y geronimo lopez boto de regidor por presencia de mi miguel lopez escribano publico y del dicho cabildo y despues binieron francisco de santacruz y pedro de samano regidores.

Este dia acordaron que por quanto alonso lucas escribano del abdiencia de parte de los señores presidente y oydores les a notificado que repongan la merced que hicieron ajuan de cuellar de una ben

ta en su mismo pueblo y de aqui adelante no den sytio ni benta ni tierra mandaron que se tome treslado del dicho mando y quel letrado responda y lo tome. por testimonio e si no lo remediaren o quisieren quitar a la cibdad de la posesion y costumbre en questa de repartir y dar tierras se apele ante su magestad cometiose a geronimo lopez que saque el dicho mando y lo de al letrado de la cibdad o al procurador mayor e quellos respondan.

(Seis rúbricas.)

Biernes 16 de junio.

Este dia estubieron en cabildo los muy nobles señores garcia olguin alcalde hordinario y diego hernandez de proaño y cristobal de barrios y pedro de samano y francisco flores regidores por presencia de mi miguel lopez escribano publico y del dicho cabildo, y despues bino francisco de santacruz.

Este dia dixo cristobal de barrios re- Sobre lo gidor que como es notorio se a cumpli- del contado el termino en quel contador rodrigo dor. de albornoz es obligado de pagar a esta cibdad ochocientos pesos de oro ques obligado por una obligacion que hizo a esta cibdad y por birtud della esta sacado mandamiento para el executor, y que agora paresce que por algunos regidores questan en este cabildo se quiere impedir la execucion del dicho mandamiento por algunas razones que aqui an dicho que pedia y requeria a los dichos señores justicia y regidores y a cada uno dellos que no se ponga ympedimento en la execucion del dicho mandamiento syno que se llebe a dicha execucion y se hagan las diligencias que conbengan por el procurador mayor y su sostituto con protestacion que hacen que si lo contrario se acordare no sea a su cargo syno que sea cargo de los que impidieren que no se aga lo dicha execucion y se hagan las diligencias que se deban hacer y pidiolo por testimonio.

El alguazil mayor dixo quel cabildo pasado se acordo que se sacase mandamiento para executarle y se mando a anton de leon sostituto del procurador mayor que lo executase, y quel no es en ympedirlo sino en que se llebe a debida ejecucion y que pide lo mismo que el dicho cristobal de barrios y pidiolo por testimonio.

Francisco de santacruz regidor dixo que para otro cabildo respondera y pidio deliberacion para ello.

Ortaliza.

Pedro de samano regidor dixo que lo mismo que santacruz dixo dize.

Francisco flores regidor dixo que para otro cabildo respondera porque quiere beer ciertas cedulas quel contador tiene, y para ello pidio deliberacion.

Este dia mandaron salir del cabildo al alguazil mayor para ablar en cierta cabsa que le tocaba a el y salido luego propuso francisco de santacruz regidor y dixo que a todos es notorio que los señores presidente y oydores an dado las baras a todas las cibdades billas y lugares desta nueba españa lo qual paresce y se dize que lo an hecho por un capitulo de ynstrucion que para ello traen y solo a esta cibdad no lo an dado, por tanto que su parescer es que se de una peticion en el abdiencia para que den a esta cibdad la bara como lo an hecho a los otros pueblos y pidiolo por testimonio.

Luego los dichos señores dixieron que se de la dicha peticion mañana en abdiencia y cometieron a francisco de orduña para que lo de y al letrado que lo ordene.

Este dia mandaron pregonar que todos los ortelanos puedan llebar por el hortaliza que dan para cada casa quatro reales por cada mes de oro de lo que corre dando lo que hasta aqui solian dar y que no lleben a mas precio so pena de diez pesos de oro por cada bez aplicados la mytad para obras publicas y la otra mytad para juez y acusador. Pregonose este dia.

Garcia Olguin.-Francisco de Santacruz. (Una rúbrica). - Francisco Flores.

Lunes 19 de junio de 1531.

Este dia estubieron en cabildo el magnifico y muy nobles señores licenciado juan salmeron presidente y oydor de la abdiencia real y pedro de los rios alcalde hordinario en esta cibdad por su magestad y diego hernandez de proaño y francisco de santacruz y gonzalo ruyz e cristobal de barrios y francisco flores y hernando clabijo regidores por presencia de mi miguel lopez escribano publico y del dicho cabildo.

Este dia dixieron que por quanto para este cabildo quedo la deliberacion si se executaria el mando questa dado o no contra el contador e por quitarse de pleyto y por ser la persona ques el dicho contador acordaron de le tornar a embiarle a ablar que mirando a la necesidad que la cibdad al presente tiene

de luego los seiscientos pesos y por los doscientos restantes se les espere hasta el dia de nabidad porque la cibdad no tiene boluntad de traer pleyto con el e que si esto no quisere hacer la cibdad procurara y cobrara lo suyo lo qual cometieron a francisco de santacruz y francisco flores regidores.

Francisco de Santacruz. - (Cuatro rúbricas.)

Miercoles 21 de junio.

Este dia estubieron en cabildo los muy nobles señores pedro de los rios y garcia olguin alcaldes y francisco de santacruz y diego hernandez de proaño y gonzalo ruyz y antonio serrano de cardona y cristobal de barrios regidores por presencia de mi miguel lopez escribano publico y del dicho cabildo y despues bino francisco flores regidores.

ciones.

Este dia dixieron que por quanto a Sobre las su noticia es benido que por parte del informamarquez del balle y del eleto de otras y personas se an hecho y se hacen ciertas ynformaciones y probanzas contra esta cibdad y bezinos desta nueba españa y personas particulares e porque a la cibdad combiene pedir traslado dellas y hacer relacion verdadera cerca dello porque con relacion subretizia que hagan no resciba la cibdad ni otra persona particular agrabio ni daño y porque no saben ante que escribanos pasan acordaron de enbiar a llamar al dicho cabildo a alonso de balberdes recetor y sebastian alvarez y martin de zabala escribanos para que digan y declaren que probanzas an pasado ante ellos a pedimento del marquez del balle o del eleto desta cibdad o de otra persona que sea tocante a esta cibdad y al bien desta tierra ad perpetuam rey memoriam o en otra qualquier manera con tanto que no sean las que han hecho por carta rezetoria del consejo real e por mandado de los señores presidente e oydores de la abdiencia real que reside en esta cibdad porque no quieren saber syno de las que an hecho ocultamente que no sean de pleytos pendientes.

É luego bino en el dicho cabildo alonzo de balberde del qual tomaron y rescibieron juramento en forma de derecho sobre la señal de la cruz so cargo del qual siendo preguntado por el tenor del abto desuso contenido dixo quel no tiene memoria al presente haber hecho por parte del dicho marquez ni del dicho eleto ni de otra persona alguna ningu.

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