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para sosegarlos con medios suaves se valió de vos el Duque de Alburquerque, siendo mi Virrey en esa Nueva España, para que interpusieseis vuestra dignidad, y que, fiado en el cariño con que os respetan los indios de ese Obispado, fuisteis á aquella Provincia y, mediante vuestra disposición, dejasteis sosegados y contentos los indios y en lo demás procurasteis mi servicio; y habiéndose visto en mi Consejo Real de las Indias, con los demás papeles que en esta materia vinieron á él, me ha parecido daros gracias, como os las doy, por lo que obrasteis en negocios de tanta importancia, y me tengo y doy por bien servido del celo y atención con que acudisteis á él; y fío de vuestra prudencia continuaréis la misma demostración en mi servicio, en lo que adelante se ofreciere, con el cuidado y desvelo que hasta aquí, y yo tendré memoria de ello para las ocasiones de promoveros á mayores empleos.

«Madrid, á 2 de octubre de 1662.

Yo, el Rey.

«Por mandato del Rey Nuestro Señor,

«D. Pedro de Medrano.»

Por esta real cédula consta, lo primero, que se vieron todos los informes y venció la verdad, como se dijo al principio de este capítulo; lo segundo, se manifiesta la divina protección y que no sólo defiende sus fieles siervos, sino que los ensalza y engrandece, pues cuando los émulos de nuestro

lo que había conseguido en este negocio, de que le dió muchas gracias dicho Virrey; y habiendo merecido dignamente los aplausos que tuvo generalmente por tan gloriosa empresa, no faltaron émulos que procuraran deslucir la persona del Obispo con informes siniestros al Real Acuerdo, diciendo en ellos que usurpaba la jurisdicción real y otras cosas, que pudieran dar cuidado á quien no hubiera procedido con la rectitud y justificación que el Obispo; el cual, confiado en esto, escribiéndole un amigo de México las noticias que corrían de estos informes, para que volviese por sí, respondió que su defensa corría por cuenta de Dios, que Él volvería por él, como se experimentó; pues habiendo dado cuenta de sí al Real Acuerdo, que envió al Consejo Supremo de las Indias largo informe, así de lo que el Obispo había obrado en Tehuantepec, como de los informes en que le calumniaban, vistos unos y otros en dicho Consejo, fué la resulta de ellos la merced que Su Majestad hizo al Obispo, escribiéndole una carta en que manifiesta la mucha estimación que de su persona hace, por lo cual pareció copiarla aquí, y es como se sigue:

EL REY

«Reverendo en Cristo, Padre, señor don Alonso de Cuevas Dávalos, Obispo de la iglesia catedral de la ciudad de Oaxaca, de mi Consejo: Hanse recibido las cartas que me escribisteis, dando cuenta de las inquietudes y alteraciones sucedidas. en las Provincias de Tehuantepec y Nejapa, y que

para sosegarlos con medios suaves se valió de vos el Duque de Alburquerque, siendo mi Virrey en esa Nueva España, para que ̊ interpusieseis vuestra dignidad, y que, fiado en el cariño con que os respetan los indios de ese Obispado, fuisteis á aquella Provincia y, mediante vuestra disposición, dejasteis sosegados y contentos los indios y en lo demás procurasteis mi servicio; y habiéndose visto en mi Consejo Real de las Indias, con los demás papeles que en esta materia vinieron á él, me ha parecido daros gracias, como os las doy, por lo que obrasteis en negocios de tanta importancia, y me tengo y doy por bien servido del celo y atención con que acudisteis á él; y fío de vuestra prudencia continuaréis la misma demostración en mi servicio, en lo que adelante se ofreciere, con el cuidado y desvelo que hasta aquí, y yo tendré memoria de ello para las ocasiones de promoveros á mayores empleos.

«Madrid, á 2 de octubre de 1662.

Yo, el Rey.

«Por mandato del Rey Nuestro Señor,

«D. Pedro de Medrano.»

Por esta real cédula consta, lo primero, que se vieron todos los informes y venció la verdad, como se dijo al principio de este capítulo; lo segundo, se manifiesta la divina protección y que no sólo defiende sus fieles siervos, sino que los ensalza y engrandece, pues cuando los émulos de nuestro

Obispo juzgaban muy cierto su descrédito y que le había de venir gravísima reprensión, llegó la real cédula referida, colmada de favores como en ella se ve; que, no quedándose en promesas, se vieron los efectos, pues luego que vacó este Arzobispado, le premió Su Majestad con él, presentándole á Su Santidad, y para que en el ínterin que se le despachaban las bulas y palio lo gobernase, le remitió las cédulas de su presentación y del gobierno.

IV

RELACION CIERTA Y VERDADERA DE LO QUE SUCEDIO Y HA SUCEDIDO EN ESTA VILLA DE

GUADALCAZAR, PROVINCIA DE TEHUANTEPEC, DESDE LOS 22 DE MARZO DE 1660 HASTA LOS 4 DE JULIO DE 1661, CERCA DE QUE LOS NATURALES INDIOS DE ESTAS PROVINCIAS, TUMULTUADOS Y AMOTINADOS, MATARON A DON JUAN DE AVELLAN, SU ALCALDE MAYOR Y TENIENTE DE CAPITAN GENERAL, Y A TRES CRIADOS SUYOS, PROCEDIENDO A OTROS GRAVISIMOS DELITOS, HASTA ACLAMAR REY DE SU NATURALEZA; Y LAS DILIGENCIAS, AVERIGUACION, CASTIGO Y PERDON QUE CON ELLOS SE HA SEGUIDO, EJECUTADO POR EL SEÑOR DON JUAN FRANCISCO DE MONTEMAYOR DE CUENCA, DEL CONSEJO DE SU MAJESTAD Y SU OIDOR DE LA REAL AUDIENCIA Y CANCILLERIA DE ESTA NUEVA ESPAÑA, QUE RESIDE EN LA CIUDAD DE MEXICO. ESCRIBIALA DON CRISTOBAL MANSO DE CONTRERAS, REGIDOR DE LA CIUDAD DE ANTEQUERA, VAlle de OaxaCA, ALCALDE MAYOR Y TENIENTE DE CAPITAN GENERAL DE DICHA VILLA. DEDICALA DEBAJO DE LA PROTECCION Y GRANDEZA DEL EXCELENTISIMO SEÑOR DON Juan de LeiVA Y DE LA CERDA, DE LA LAMA, GAMBOA Y MENDOZA; MARQUES DE LEIVA Y DE LADRADA;

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