terra. ya al logro de sus ideas políticas, y ya á proteger sus posesiones estrangeras. LA §. XXXVII. Aciala Ingla A España debe conducirse con mucho tiento, por lo que respeta á la Inglaterra. Primeramente porque esta Potencia es la que da el tono en la mar, y por consiguiente puede no solo interrumpir la tranquilidad y sosiego de los Españoles en la América, mas tambien turbar su navegacion, segun lo hemos visto en nuestros dias. En segundo lugar, por el considerable Comercio que se hace entre ambas Naciones, pues aunque este tráfico sea del todo pasivo para la España, no se halla en disposicion este Reyno de abandonarle : porque los demás Pueblos Comerciantes no han podido proveerle aún, ni de la quantidad, ni de la qualidad de las manufacturas (a) de los granos, y de otras mercadurías de Nota del Traductor. que cuya proteccion podrá dar el tono en la Europa. La necesidad que tienen los Franceses de nuestros auxilios se ha conocido en la Guerra actual, pues si no hubieran salido los Españoles á sostenerlos, acaso les hubieran humillado ya para ahora su arrogancia los Ingleses. (a) Las razones que expone el Autor, no me parecen bastante nerviosas para exigir de la España, que se conduzca con un cuidado tan melindroso, por lo que respeta á la gran Bretaña. Primero, porque las fuerzas marítimas de la Inglaterra no pueden nivelarse en el dia con las de la Casa de Borbon combinadas y segundo, Por que necesita. Finalmente, hay tres causas que pueden interrumpir la buena armonía, y excitar un rompimiento entre estas dos Naciones. 1. Porque el Trono de España está ocupado por una rama de la Casa de Borbon, la qual es verisimil que favorezca siempre las miras de la Francia rival declarada de la Inglaterra. 2.° Porque la España no puede menos de mirar con rabia el que los Ingleses sean dueños de la importante y formidable Plaza de Gibraltar, situada en un extremo de la Península : y 3.° porque los Negociantes Ingleses no pueden resolverse á abandonar el Comercio del contrabando que hacen en América, sobre las Costas de las posesiones Españolas, cuyo tráfico clandestino perjudica mucho á la España para que tenga la bondad de permitirlo. La última Guerra (a) no se propuso otro objeto, que la conservacion de porque aun quando supusieramos, en lo que jamás convendré yo, que tiene la gran Bretaña una multitud de mercadurías, de las que necesitamos para el consumo de la Península, y de nuestras Américas, de que no pueden proveernos las demás Naciones; esta misma razon nos evitaba la molestia de contemporizar á la Inglaterra, pues siendo ésta tan interesada en que nosotros les extraygamos los efectos de su industria, parece que ella toca halagar á la España, y poner todos sus conatos en conservar la amistad de una Potencia, que le puede cerrar uno de los manantiales mas preciosos de sus riquezas, prohibiendo la introducion de todas sus manufacturas. (a) Habla de la Guerra del año de 1739. á Acia las Pro la paz les ha asegurado la posesion: pero el cebo de la ganancia hace incorregibles á los Ingleses, quienes hollando todas las convenciones, y tratados mas solemnes, infestan aquellos parages con sus Navíos, cuya manzana de discordia no se destruirá tan pronto entre estos dos Reynos. §. XXXVIII. DESPUES que la Holanda sacudió el yu vincias uni- go de los Españoles, fue esta República dais. un enemigo terrible y dañoso de la Espa- §. XXXIX. LA A Corte de España igualmente procu- Aala Rejara conservar la amistad de la República blica Elvatica. Helvética, ya en atencion á las Tropas Suízas, que puede tomar en un caso de necesidad á su servicio, y ya tambien por empeñarla á que se mantenga neutral quando la España se mezcle en las turbaciones que tan repetidas veces se excitan en Italia. §. XL. DESDE que la España no posee en Italia Atia la Ita aquellas Provincias notables que tuvo en lia. §. XLI. Acha el Im perio. §. XLI. Como la España no es un Pays rayano de la Alemania, y no tiene Comercio sino con las Ciudades Anseáticas, no puede tener relaciones directas con el Imperio, ó el Cuerpo Germánico, sino en el caso de que se proponga algun designio sobre la Italia, á que se debe añadir, que ninguno de los Príncipes de Alemania tiene una Esquadra capáz de excitarle la menor inquietud: sin embargo como puede indiretamente el Imperio dañar, ó favorecer su sistema político, por la conexion general de los negocios de la Europa, envia, por lo general, un Embaxador á la dieta de eleccion, quando está vacante la Silla Imperial, con el objeto de practicar las diligencias mas vivas para colocar en ella un candidato que le sea favorable: porque en caso de que forme algun proyecto sobre la Italia, puede la Casa de Austria salirle al camino para frustrar sus intenciones. No hablo aqui de los Payses baxos Españoles, poseídos en el dia por esta misma Casa, pues ni sería justo ni útil al Rey de España intentar el recobro de unas Provincias que ha cedido tan solemnemente, que están tan distantes, y que son tan difíciles de subyugar. Si la Prusia continúa en hacer progresos en sus manufacturas y navegacion, la España podrá entablar con esta Potencia una cor res |