Nota del Traductor. oro, plata, y mercadurías que se habian juntado en el Perú para la España. Quando partian juntas estas dos Flotas, iban de conserva hasta la altura de las Islas Antillas, en cuyo punto se separaban los Galeones para Cartagena, y de allá á Portobelo; ú al contrario, para Portobelo, y de allá á Cartagena; y la Flota para VeraCruz. Se llamaba Flotilla á algunos Navíos que precedian á los demás; habia tambien Fragatas, á quienes se daba el nombre de Avisos, y tenian el encargo de adelantarse para anunciar el arribo próximo de la Flota, de los Galeones, de su cargazon &c. Pero desde los años de 1735, y de 1737 no se han enviado ya á la América ni Flotas, ni Galeones, haciendose el Comercio por los Navíos de Registro (a) que arman los el (a) Sin embargo de que se ha hecho algun tiempo el Comercio de la América por Navios de Registro, no dexaban por eso de ir las Flotas á Vera Cruz, como supone Bielfeld: En el dia se hace libremente el Comercio de toda la América, á excepcion de Nueva España, en conseqüencia del Real Decreto del año de 1765, por que se concede la facultad de comerciar sin que precediera ningun permiso en las Islas de Barlovento, y Provincias de Campeche, Santa Marta, y Rio de las Achass y del expedido en el año de 1778, en el que ampliaba la libertad de este tráfico á la Provincia de Buenos Ayres, con internacion por ella á las demas de la América Meridional, y extension á los Puertos habilitados en las Costas de Chile, y el Perú el Perú: los Puertos habilitados para hacer este Comercio son: Sevilla, Cadiz, Málaga, Almería Cartagena, Alicante Alfaques de Tor los Mercaderes Españoles en conseqüencia de un permiso del Consejo de Indias, el qual se logra mediante cierta suma. Estos Navíos parten de Cadiz, y van en derechura al Callao, á Buenos-Ayres, Maracaybo, Cartagena, Onduras, Campeche, y Vera-Cruz. Una multitud de Navíos que envian los Particulares en virtud de esta licencia, inundan de tal modo la América de todo genero de Mercadurías Européas, que han rebajado infinito las utilidades que producia este Comercio; lo que hace desear á muchas gentes vuelvan á establecerse las cosas sobre el pie antiguo. Los azogues son dos Navíos de la Corona, que Ilevan á Vera-Cruz azogue de cuenta del Rey, cuyo articulo constituye una renta quantiosa. Antiguamente iban los Ingleses, y Olandeses á comprar en Santiago de Leon el Cacao, que produce las Montañas y Costas de una Comarca vecina del mar, llamada Caracas; pero el año de 1728 otorgó el Rey á San Sebastian la concesion de una Compañia exclusiva, que hiciera el Comercio de Caracas. (a) Los Habitantes de Tortosa, Barcelona, Gijon y Coruña, y los de Palina, y Este acertado pensamiento que ha adoptado el Gobierno , y que debiera haberse puesto en planta, ha muchos tiempos, comunicará un vigoroso impulso á nuestra Industria, Fábricas, Agricultura, y Navegacion. (4) Por un Decreto que ha expedido su Magestad es Nota del Tra ductor. te Retornos que trae la España de la América. Nota del Traductor. las Islas de Canarias son los unicos que han obtenido el permiso de enviar todos los años un Navío de Registro, cargado de las producciones del Pays. §. XIII. LAOs retornos que los Españoles conducen de la América se reducen á oro en barras, y en polvo, plata en barras, ú en pesos, perlas, esmeraldas, añil, lana de Vicuña, quina, baynilla, tabaco, cueros, palo de campeche, y de gayac, zarzaparrilla, balsamo del Perú, Ipecacuana, contrayerba, y otra multitud de preciosas drogas, tanto para la Tintura, como para la Medicina. Todos estos generos se revenden á las demas Naciones, siendo este cambio el que forma el grande Comercio que se hace en España; Comercio, que sin embargo de ser pasivo, por lo general repára en algun modo el defecto de la industria de la Nacion Española, y sostiene al Estado, pues independiente de los provechos que rinde á los Particulares, el Rey tiene el beneficio del tres por ciento (a) que le paga toda la pla ta, te año de 1781, se ha suprimido à la Compañia de Caracas el Privilegio exclusivo de hacer solo el Comercio de la Provincia de la Benezuela. (a) El oro paga en el dia dos por ciento , y la plata ya sea á monedada, ó en barras, cinco y medio; en cu yos ta, cuyo solo articulo, evaluando la can- §. XIV. EN España ni hay Compañia de Indias, ni fondos publicos, ni acciones, ni banca, y M 2 Es yos derechos están incluidos tambien los de Consulado, (b) A las ordenes religiosas que están establecidas en (c) Esta Religion, que ha metido tanto ruido en el mundo, la abolió enteramente el Papa Clemente XIV. por el decreto de extincion que expidió el 24 de Julio de 1773. Notas del Traductor. Nota del Traductor. Este Navio de crecido porte, llamado el Galeon, sale en el mes de Julio del Puerto de Manila, para Acapulco; cuyo Puerto está situado sobre las Costas de Mexico. La navegacion se hace con mucha facilidad á favor de los vientos que soplan en estos mares, y el Galeon llega ordinariamente en el mes de Diciembre, ó Enero á Acapulco (a) de donde necesita volver á partir antes de primeros del mes de Abril, para aprovecharse de los vientos. La cargazon de éste Navio se vende en Acapulco, en la corta mansion que hace. La mayor parte de los efectos que constituyen su cargazon al regresar para Manila, se reducen á dos ó tres millones de escudos en dinero efectivo. Las dificultades y peligros inexplicables que encuentran los Navegantes al doblar el Cabo de Ornos para entrar en el Mar del Sur, aseguran esta navegacion de todo riesgo; pero en la ultima guerra habiendo el Almirante Inglés Anson, superado con un valor mas que heroico todos estos obstáculos, encontró el Galion, del qual se apoderó, y halló en él tesoros inmensos. (a) Los seis meses que tardan en esta navegacion, es una prueba de que no es tan facil como supone Bielfeld: La facilísima es sin duda la de Acapulco á Manila, la qual se hace en dos meses á favor del viento Este, que por lo general sopla entre los Tropicos. |